29 de enero de 2019

Los impuestos en la UE: ¿hacia el fin de la regla de la unanimidad?

La historia de la Unión Europea (UE) deja un rastro de contradicciones, de estímulos y frenos para la integración, de grandes contrastes en la configuración de distintos ámbitos competenciales. Sin que en absoluto pueda resultar sorprendente, los procedimientos instaurados para la toma de decisiones explican los dispares rumbos seguidos en diferentes áreas. La trayectoria de la UE está también salpicada de paradojas. A título de ejemplo, la armonización de la fiscalidad, concretamente la relativa a las ventas, que jugó un papel decisivo en la formación del Mercado Común en su etapa inicial, ha quedado apartada del proceso integrador vivido en otras vertientes de las políticas públicas.

La razón es sencilla: las competencias en materia impositiva han quedado en lo esencial reservadas a la soberanía nacional, y los cambios legislativos, sujetos a la regla de la unanimidad. Así, la adopción de cualquier disposición tributaria a escala de la UE está supeditada a la aprobación de cada uno de los Estados Miembros, que, individualmente, por tanto, pueden ejercer su derecho de veto. De hecho, la fiscalidad es ya la única área de política de la UE en la que la toma de decisiones se basa exclusivamente en la unanimidad.

Así las cosas, los sistemas impositivos se siguen rigiendo por una normas dictadas desde una óptica nacional, lo cual origina importantes desajustes frente a una realidad económica marcada por la globalización, el impacto de las nuevas tecnologías y la extensión de nuevos modelos de negocio. La falta de armonización y coordinación internacionales abona el terreno para las oportunidades de fraude y elusión fiscales, y propicia prácticas de competencia fiscal perjudicial. La adopción de medidas “óptimas” desde una perspectiva nacional puede acabar teniendo efectos negativos para los países en su conjunto, y haciendo inclinar la balanza en contra de aquellos factores dotados de una menor movilidad geográfica, con objeto de compensar las mermas recaudatorias ocasionadas.

A la vista de las dificultades de implementar nuevas iniciativas fiscales en la UE, algunos países han recurrido a procedimientos especiales previstos en los Tratados de la UE. Uno de ellos es el de la “cooperación reforzada”, que permite a un grupo de al menos nueve Estados Miembros poner en marcha propuestas específicas. Tal es el caso del procedimiento articulado en relación con el Impuesto sobre Transacciones Financieras, que aún sigue su tortuoso camino.

Otra fórmula es la referente a las cláusulas “pasarela” recogidas en los Tratados de la UE. Tales cláusulas permiten emplear una votación por mayoría cualificada, en vez de unánime, para adoptar una medida concreta. La activación de una cláusula pasarela requiere de la adopción de una decisión unánime por parte del Consejo o del Consejo Europeo.

Ésta es la vía planteada por la Comisión Europea para la adopción de determinadas medidas fiscales, según se recoge en la Comunicación de fecha 15 de enero de 2019 con el título “Hacia una toma de decisiones más eficiente y democrática en la política impositiva de la UE”. Estos son los principales elementos de la propuesta, concebida como una hoja de ruta:

- Argumentación relativa a las limitaciones derivadas de la regla de la unanimidad:
o Incidencia de los nuevos desafíos ligados a la globalización y la digitalización.
o La fiscalidad no puede prestar todo su potencial para ayudar a preservar y profundizar el Mercado Único y apoyar el crecimiento inclusivo.
o Se han frenado importantes iniciativas necesarias para potenciar el Mercado Único e impulsar la competitividad de la UE.
o Ha tenido efectos perjudiciales sobre otras prioridades de la política de la UE (Unión Económica y Monetaria, Unión de los Mercados de Capitales, Mercado Único Digital, Marco de Clima y Energía 2030 o Economía Circular).

- Implicaciones del régimen de adopción de acuerdos propuesto:
o El movimiento hacia una votación con mayoría cualificada “de ninguna manera reduciría las competencias de los Estados Miembros sobre la fiscalidad ni cambiaría la competencia de la UE en esta materia”.
o La acción conjunta de la UE es la única vía para combatir los problemas trasnacionales del fraude en el IVA.
o Se evitaría que algunos Estados Miembros usaran, como han hecho en algunos casos, la soberanía y la unanimidad como base para sus argumentos para proteger intereses nacionales en detrimento del Mercado Único.
o Se mejoraría la calidad de las decisiones del Consejo en materia fiscal, toda vez que la unanimidad tiende a crear diversos obstáculos para una toma de decisiones eficiente.
o La toma de decisiones en el ámbito de la fiscalidad se vería mejorada con la participación del Parlamento Europeo, que actualmente no tiene derechos de voto en el procedimiento legislativo aplicado.

- Etapas de la hoja de ruta para la transición hacia un sistema de votación mayoritaria:
o 1ª: Aplicación respecto a medidas para combatir el fraude, la evasión y la elusión fiscales.
o 2ª: Cobertura de medidas diseñadas para apoyar fines de políticas de la UE (lucha contra el cambio climático, protección del medio ambiente, mejora de la salud pública, política de transporte).
o 3ª: Foco en áreas de fiscalidad ya armonizadas en gran medida pero que deben evolucionar para adaptarse a las nuevas circunstancias (IVA e impuestos especiales).
o 4ª: Otras iniciativas necesarias para el Mercado Único y para una fiscalidad más justa y competitiva en Europa (fiscalidad de la economía digital, base consolidada común del impuesto sobre sociedades).

26 de enero de 2019

Las prestaciones patrimoniales de carácter público: de la Constitución a la LGT

En una entrada publicada recientemente en este blog (12-1-2019), se abordaban algunos aspectos curiosos que marcan la trayectoria del concepto de prestaciones patrimoniales de carácter público. A pesar de su referencia expresa en el texto constitucional (art. 31. 3: “Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley”), durante años dicho concepto ha estado huérfano de cobertura en los textos legales de referencia para la regulación de los ingresos públicos.

Finalmente, la incorporación a la Ley General Tributaria (LGT) se ha producido de una manera un tanto subrepticia. En lugar de hacerlo con motivo de las revisiones de esa norma, la incorporación se produce, un tanto tardíamente, merced a una disposición final introducida en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en la que se modifica la disposición adicional primera de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Hay que advertir que justamente en esa disposición de la LGT se incluía un concepto verdaderamente perturbador, el de las exacciones parafiscales, que, con la medida adoptada, desaparecería para dar paso al de prestaciones patrimoniales de carácter público.

De esta manera, en la LGT nos encontramos con la siguiente regulación de tales prestaciones patrimoniales:

Inicialmente se señala que “Son prestaciones patrimoniales de carácter público aquellas a las que se refiere el artículo 31.3 de la Constitución que se exigen con carácter coactivo”. De entrada, la redacción puede dar lugar a alguna duda interpretativa. En los términos indicados, podría dar la impresión de que hay ciertas prestaciones patrimoniales de carácter público que no se exigen con carácter coactivo. Sin embargo, el texto constitucional utiliza la expresión en un sentido amplio, atribuyéndoles el principio de reserva de ley. No parece que esta exigencia fuese lógica ante un ingreso público no coactivo. Tal vez una coma después de “Constitución” dejaría las cosas algo más claras. De hecho, del punto 2 de la disposición adicional mencionada, como ahora se indicará, se desprende que todas las prestaciones patrimoniales de carácter público son coactivas.

Así, se señala que dichas prestaciones patrimoniales pueden tener carácter tributario o no tributario:

o Prestaciones patrimoniales de carácter público tributarias: tasas, contribuciones especiales e impuestos.

o Prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias: “las demás prestaciones que exigidas coactivamente respondan a fines de interés general… en particular… aquellas que teniendo tal consideración se exijan por la prestación de un servicio gestionado de forma directa mediante personificación privada o mediante gestión indirecta. En concreto, tendrán tal consideración aquellas exigidas por la explotación de obras o la prestación de servicios, en régimen de concesión o sociedades de economía mixta, entidades públicas empresariales, sociedades de capital íntegramente público y demás fórmulas de Derecho privado”.

Sin duda, alguien podrá pensar que existe margen para una mayor clarificación expositiva, pero, al menos, gracias a lo establecido en la disposición adicional primera de la LGT, no debe de resultar muy complicado responder a la pregunta que formulábamos en la anterior entrada sobre este tema:  “Todos los tributos son prestaciones patrimoniales de carácter público, pero no todas las prestaciones patrimoniales de carácter público son tributos”. ¿Verdadero o falso?

Algo es algo.

23 de enero de 2019

La psicología de las colas: el coste de la posibilidad de elegir

Las colas tienen muchos inconvenientes. El peor, quizás, se manifiesta cuando resultan inesperadas. Toparse insospechadamente con una barrera incierta en duración ante un trámite o una operación trivial lleva normalmente al desconcierto, a la incomprensión o al aturdimiento. Debe de haber algún error, suele ser una impresión inicial habitual; seguramente nos habremos ubicado en un sitio equivocado. Efectuadas las aclaraciones oportunas, y a medida que se atenúa el asombro, la resignación se abre paso, al tiempo que se activan los mecanismos internos a la búsqueda de alguna salida, si se estima que la demora es completamente perturbadora de nuestros planes.

Una vez acoplados al escenario de la espera ineludible, particularmente para aquellas personas con escasas dotes o propensiones a la picaresca, surge una prioridad absoluta, más allá de rezar para que el tiempo de retención no sea excesivo, que no haya alteraciones en el puesto respecto al estricto orden de llegada ni, mucho menos, que alguien, injustificadamente, se salte su turno.

El análisis de la colas da mucho juego desde diferentes puntos de vista (sociológico, psicológico, económico, ético, organizativo…): ¿qué papel deben desempeñar los precios?, ¿y las influencias políticas, administrativas o relacionales?, ¿es ético pagar a alguien para que haga cola por nosotros?, ¿hay formas de minimizar los tiempos de espera?, ¿tiene ventajas sociales compartir turnos de espera presenciales?, ¿es preferible la utilización de máquinas expendedoras de números?, ¿es positivo indicar el tiempo de espera estimado en diferentes puntos del trayecto?...

Los avances en los sistemas económicos, las mejoras organizativas y los adelantos tecnológicos han permitido reducir significativamente las colas, pero hay procesos, singularmente en momentos determinados, en los que resulta difícil o imposible su eliminación. Situémonos en uno de esos casos, por ejemplo, cuando nos disponemos al check in en un vuelo internacional, en un fin de semana de primeros de agosto. El aeropuerto está en plena ebullición, y nos encontramos con tres colas inmensas delante de los mostradores asignados para la facturación en clase turista. Hay mucha gente, pero tenemos la posibilidad de elegir dónde situarnos.

Es ésta una cuestión no baladí: cuando que tenemos que guardar cola, ¿es preferible tener la opción de elegir la ubicación para la espera o, por el contrario, afrontar una sola cola, sin posibilidad de elección? Tenemos ante nosotros tres colas, cada una con 50 turnos. ¿Es mejor ocupar el puesto 51º en una de ellas, o el 151º en una única columna, bajo el supuesto de la misma capacidad conjunta de atención en el servicio al que queremos acceder (el mismo número total de operarios)?

En el primer supuesto, se genera una considerable satisfacción si la fila elegida avanza mucho más rápidamente que las otras, pero la pesasumbre puede ser mucho mayor en caso contrario. A medida que transcurrre el tiempo y progresa cada una de las filas de manera desigual, surgen las dudas de si habremos hecho la elección correcta. ¿Merece la pena cambiarse a otra que parece que va a un mayor ritmo? La angustia se adueña de nosotros, cuando comprobamos que ninguna de nuestras decisiones resulta acertada.

Joost Vles, profesor de la Universidad Estatal de Nueva York (“Why is this line so long?”, theconversation.com, 16-11-2018), argumenta que el modelo de una sola cola atendida por varios operarios es preferible al de varias colas. La razón esgrimida es que, si en una cola se produce algún retraso en la atención a un usuario, ese efecto se distribuye uniformemente entre los que esperan su turno. Por el contrario, si hay varias colas, el perjuicio se concentra solo en algunas personas. Con una sola fila se evita tener que elegir y, de esa manera, las frustraciones específicas para quienes han optado por la más lenta.

En esta misma línea, Gillian Tett (“What the psychology of queues tells us about inequality”, Financial Times, 28-11-2018) subraya que los individuos encuentran tranquilizador que haya un sentido de justicia y que todo el mundo experimente la misma situación en términos de espera: “… en relación con las colas, un sentido de orden gestionado centralmente parece preferible a una elección y una competencia sin restricciones. Podríamos aceptar la idea de que pagar un precio más alto podría producir algún privilegio, pero queremos que esto se haga de una manera transparente. Las opciones que producen resultados profundamente desiguales por razones que no estén claras -pero supuestamente colocan la responsabilidad de la ‘elección’ en nuestros hombros- son estresantes”.

20 de enero de 2019

Los retos de las finanzas sostenibles

Es una expresión de moda, en pleno auge. Aunque desde hace varios años se venía hablando de “finanzas sostenibles”, ha sido en la recta final del año 2018 cuando su notoriedad ha empezado a hacerse más patente, extendiendo su influencia a un ritmo acelerado. No obstante este protagonismo, pueden surgir dudas razonables acerca de su verdadero significado y del ámbito objetivo que abarca: ¿Va referido a la sostenibilidad del sector financiero en sí mismo, o más bien a la contribución de las finanzas al desarrollo sostenible, a la lucha contra el deterioro medioambiental? ¿Podemos estar ante un incumplimiento práctico de la que podríamos denominar “regla tinbergeniana del lenguaje económico”, a la que, hace algo más de un año, aludía en una entrada de mi blog personal?

Tratemos de salir de dudas con la ayuda de la Comunicación de la Comisión Europea de 8 de marzo de 2018: “El término ‘finanzas sostenibles’ se refiere en general al proceso de tener debidamente en cuenta las cuestiones ambientales y sociales en las decisiones de inversión, lo que se traduce en una mayor inversión en actividades sostenibles y a más largo plazo”. La mezcla de cuestiones, aun cuando la necesidad de su consideración sea indiscutible, no sirve de gran auxilio para delimitar las fronteras, aunque solo sea a efectos analíticos. Asumiendo que pueda ser una opinión absolutamente minoritaria, la emulación de la regla tinbergeniana en el terreno de la comunicación, en el sentido de reservar un término para cada aspecto clave, puede permitir evitar equívocos y seleccionar las medidas más adecuadas para cada objetivo.

A pesar de las interrelaciones que se dan en la praxis entre los distintos problemas económicos y sociales, parece fuera de discusión que el deterioro medioambiental es el que está en el centro del foco de atención en el caso que nos ocupa. Aunque no falten posiciones minoritarias de escepticismo o incluso de crítica, el consenso científico ha puesto de relieve las consecuencias nocivas para el planeta y para la humanidad si no se adoptan medidas contundentes a escala internacional para frenar las emisiones de CO2 y el calentamiento global. Hay una buena y una mala noticia. La buena es que existen tecnologías e instrumentos disponibles para atajar el cambio climático; la mala, la falta de una acción efectiva coordinada a escala mundial. Episodios recientes testimonian el contraste que puede existir entre propugnar medidas correctoras y ser destinatario de las mismas. “La gran inacción”, en expresión propuesta por The Economist, puede acabar teniendo efectos deletéreos.

Los aspectos esenciales del movimiento a favor de las finanzas sostenibles son, a mi entender, el énfasis en el papel que el sistema financiero puede desempeñar para favorecer la preservación del medio ambiente y, al mismo tiempo, la llamada de atención acerca del impacto que los riesgos medioambientales pueden tener en la solvencia y la estabilidad de las propias entidades financieras.

El sistema financiero canaliza los recursos necesarios para la actividad económica, básicamente a través de tres vías: la intermediación bancaria, el mercado de valores y las instituciones de inversión colectiva. Así, es fundamental que, antes de destinar los recursos a colocaciones concretas, se conozca, por parte de los ahorradores y de los inversores, cuáles pueden ser las consecuencias medioambientales. Una buena información, sustentada en datos objetivos y fiables, es crucial para que los flujos de capital puedan orientarse hacia inversiones que permitan compatibilizar el crecimiento económico con el equilibrio medioambiental. La sociedad debe decidir si este proceso se deja en manos de los agentes privados actuando libremente en un marco de transparencia y responsabilidad social, o bien se somete a unos estrictos controles mediante la regulación o la intervención pública directa. Propuestas hay para todos los gustos.

Ahora bien, aunque las entidades de crédito no tuvieran capacidad de incidir en la evolución de la situación medioambiental, se encuentran expuestas a importantes riesgos procedentes de dicha situación. Así, por ejemplo, pueden verse seriamente afectadas por el deterioro de los préstamos concedidos a empresas que se vean impactadas por catástrofes naturales o cuya actividad haya de restringirse por no adaptarse a la transición energética; asimismo, la cartera de préstamos hipotecarios puede reflejar la incidencia de eventuales inundaciones. En fin, los riesgos de dicha tipología están ahí y no es previsible que muestren una tendencia descendente.

Está plenamente justificada, pues, la iniciativa de los supervisores bancarios para ampliar el círculo de los riesgos a computar, cuantificar y vigilar en las entidades de crédito. El cambio climático es una amenaza también para la estabilidad financiera. En 2015, Mark Carney, gobernador del Banco de Inglaterra, apuntaba que el problema radicaba en la “tragedia del horizonte”, realizando la siguiente advertencia: cuando el cambio climático llegue a ser visto por suficientes actores como un peligro claro para la estabilidad financiera, puede ser ya demasiado tarde. Hoy día, los reguladores y supervisores europeos y de otras zonas han cogido el guante, y se han puesto manos a la obra, colocando dichos riesgos bajo los focos normativo y de supervisión.

Menos acuerdo existe en torno a las propuestas de disminuir los requerimientos de capital para los “préstamos verdes” y aumentarlos para los de perfil contaminante (“brown assets”). La transparencia o revelación (“disclosure”) de los riesgos es considerada, en cambio, como una alternativa que puede ser eficaz para orientar los flujos de capital hacia los negocios más sostenibles. En cualquier caso, el Banco de Inglaterra ya ha anunciado que, en 2019, incluirá los riesgos medioambientales, dentro de un escenario exploratorio, en las pruebas de resistencia de las entidades bancarias. Las pruebas consisten en dilucidar si, en caso de producirse eventosnegativos significativos en escenarios de deterioro, una entidad tendría capacidad de mantener su viabilidad como entidad independiente, sin perder de vista las repercusiones que pudieran derivarse para la economía real.

(Artículo publicado en el diario “Sur”)

18 de enero de 2019

El fin de la historia según Fukuyama: la historia no tiene fin

No son pocas las tesis y proposiciones sostenidas en distintas parcelas del conocimiento que suelen ser más citadas que leídas. La introducción de mensajes en la cadena de transmisión de la información que no cuenten con la garantía de la calibración adecuada de las fuentes originales presenta un elevado de riesgo de inducción a la confusión, con una clara tendencia, en su caso, al enquistamiento. El caso de la tesis del fin de la historia planteada por el politólogo Francis Fukuyama es paradigmático en dicho sentido. Una tesis difundida bajo un título tan simple y expresivo como el de la mencionada tiene sus pros y sus contras. La experiencia demuestra que las denominaciones sencillas pueden convertirse de hecho en “false friends”.

Así, oír hablar de que alguien proclama que ha llegado el “fin de la historia” es una oportunidad en toda regla, una tentación, para lanzar un rechazo directo y categórico a semejante pretensión, rayana en una boutade, cuando no en un auténtico disparate. Ciertamente ignoro qué porcentaje de “oyentes” ha podido abonarse a una línea tan simplona como displicente.

Cuestión distinta es la apreciación de la tesis fukuyamiana por parte de quienes han leído el texto original. Aunque algo menos difícil, no es tampoco una tarea irrelevante, pero, a tenor de las pistas que nos ofrece el propio Fukuyama, no puede decirse que no hayan existido interpretaciones desajustadas. Casi treinta años después de la publicación del controvertido meritado planteamiento, en el prefacio de la obra “Identity. The demand for dignity and the politics of resentment”, publicada en 2018, efectúa algunas aclaraciones interesantes.

Concretamente, allí asevera que usó el término  “historia” en el sentido hegeliano-marxista, esto es, como pauta evolutiva a largo plazo de las instituciones humanas, lo que, alternativamente, podría haberse denominado desarrollo o modernización. La palabra “fin” no significaba para él, pues, terminación sino objetivo o meta. Según señala, Marx había dictaminado que el fin de la historia sería la utopía comunista, y él simplemente sugería que la versión de Hegel, en la que el desarrollo resultaba en un estado liberal vinculado a la economía de mercado, era el resultado más plausible.

Y acaba resaltando un detalle verdademente propenso a quedar soslayado: sus críticos no advirtieron que había un signo de interrogación al final del título de su ensayo originario. Publicar en inglés tiene muchas ventajas, aunque también algunos inconvenientes. En español, ese detalle tal vez habría pasado menos desapercibido.

15 de enero de 2019

El sentido de la vida: ¿debe haber alguna norma sobre las aspiraciones vitales?

Si, a estas alturas, alguien me preguntara cuál había sido mi aspiración máxima en la vida, sin duda me pondría en un aprieto. Al cabo de los años, las expectativas, las prioridades, las ilusiones, las preferencias van alterando sus perfiles; lo que eran certezas se transforman en pompas de jabón, las creencias, en puras vaguedades que estrechan sobremanera el abanico de opciones reales. A menudo, nuestras propias vivencias nos llevan por unos detorreros a marchas forzadas, sin apenas margen para pararnos a pensar hacia dónde vamos o queremos ir, sin poder detenernos a calibrar cuál es el rumbo que más nos convendría, si en realidad tuviéramos la capacidad para emprenderlo.

Aunque el paso del tiempo ha ido enterrando lo que en su día fueron pretensiones más o menos vanas, o factores de autoestímulo, o meras ensoñaciones, en interminables capas de sedimento, hay algunas que todavía siguen haciéndonos llegar su señal, a pesar de llevar tantos años apagada. El sueño de llegar a ser guardameta del por aquel entonces, a mediados de los años sesenta, Club Deportivo Málaga es una de ellas. Así lo relataba, junto con otros recuerdos difusos, en un artículo que escribí para el periódico digital editado por Paco Rengel, cuyos contenidos se fueron con él.

Hace unos días, una persona allegada me contaba que sus dos hijos, cuya edad actual es similar a la que yo tenía cuando proclamaba aquella utópica aspiración, hace más de cincuenta años, aún en modo “monodigital”, al ser preguntados por su pretensiones para la edad adulta se decantaban con nitidez por la acumulación de sustanciales riquezas materiales.

También una cierta dosis de sorpresa me ha producido la reacción de algunos estudiantes, en la primera clase del nuevo año, ante un ejercicio en el que se planteaba el análisis, desde el punto de vista de los principios de la imposición, de una hipotética reforma fiscal consistente en el establecimiento de un tipo de gravamen del 75% como tipo máximo del IRPF, aplicable a partir de un umbral de 1 millón de euros. Según el sentir de tales estudiantes, dicha carga sería excesivamente elevada y totalmente injustificada. Su razonamiento les llevaba a cuestionar el derecho del Estado a detraer tan significativa proporción de ingresos logrados con el esfuerzo personal. Tal y como les comenté, dicha propuesta no estaba muy alejada de la propugnada hace no mucho en un país vecino de España. Además de ilustrar algunas experiencias históricas en determinados países, entre ellas la aludida en la canción de “Taxman” de Los Beatles, también recordé que, en España, diversos políticos y economistas abogan por tipos de este tenor, o incluso superiores. La noción de la posible confiscatoriedad planea siempre en debates de esta naturaleza.

No obstante lo señalado, el asombro adquiere mayores proporciones cuando nos hacemos eco del episodio narrado por Lucy Kellaway en el artículo comentado hace poco en este blog (Financial Times, 28-12-2018). En él relata cómo, no hace mucho, mostró a sus alumnos londinenses de enseñanza secundaria el siguiente titular: “La fundadora de Bet365 [Denise Coates] se paga a sí misma unos ‘obscenos’ 265 millones de libras”. Mientras que para la articulista dicha situación está relacionada con la codicia y un sistema roto, para sus alumnos se equiparaba a una historia de éxito. A renglón seguido pidió a los asistentes a clase que alzaran la mano si consideraban que hay un límite sobre lo que es apropiado que gane un primer ejecutivo: “Treinta y dos brazos permanecieron completamente quietos”.

Aunque no sean más que meras anécdotas por su falta de representatividad real, no dejan de ser llamativas las motivaciones que pueden subyacer en los comportamientos mencionados. Ahora bien, con independencia del juicio que a cada uno le merezca esta clase de posicionamientos y de los indicios que puedan ofrecer sobre el sentido de la vida, hay algún aspecto positivo que podemos encontrar en las manifestaciones expresadas. En cierto modo están efectuadas bajo una especie de “velo de la ignorancia”. Los niños y jóvenes en cuestión no saben qué futuro económico les espera, por lo que quizás se cubren ante la eventualidad de que alcancen una posición privilegiada, de la que les gustaría disfrutar sin la intervención previa del Fisco. No sabemos si por una vía que no fuera la coactiva de los tributos estarían dispuestos a ceder parte de sus recursos en beneficio de causas nobles. Dicho lo cual, también es evidente que otras personas que ya conocen cuál ha sido su sino económico pueden carecer de incentivos para ser reticentes a procesos de redistribución de la renta y la riqueza por parte del poder tributario.

12 de enero de 2019

Las prestaciones patrimoniales de carácter público, un concepto escurridizo

“Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley”. En su artículo 31.3, la Constitución española, a la hora de consagrar el principio de legalidad en la esfera de los ingresos públicos coactivos, optó por tomar como referencia una figura distinta a las usualmente utilizadas en las clasificaciones tradicionales de los ingresos públicos, la de las prestaciones patrimoniales (de carácter público). Es el único sitio del texto constitucional donde figura dicha expresión.

Se trata, en cualquier caso, de un concepto globalizador, economizador del lenguaje. Sin embargo, aun cuando podamos percibir su significado de manera intuitiva, parecería lógico que pudiésemos encontrar algún texto de desarrollo legal donde identificar con total precisión su ámbito objetivo. Durante mucho tiempo no ha sido así.

No era mi intención adentrarme aquí en la hermenéutica constitucional ni en el seguimiento del rastro de las prestaciones patrimoniales a través de las sentencias del Tribunal Constitucional y de distintas piezas de nuestro ordenamiento jurídico que le han ido dando acomodo expreso. Mi motivación era simplemente dejar constancia de una circunstancia que, aunque un tanto anecdótica, me ha causado una cierta estupefacción.

En alguna medida se produce tal sensación cuando comprobamos que el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española (RAE), en su 23ª edición (2014), no recoge la definición de “prestación patrimonial”, a diferencia de lo que ocurre con la de “prestación personal”. Es verdad que yuxtaponiendo los significados de “prestación” (acepción 2: “cosa o servicio exigido por una autoridad o convenido en un pacto”) y “patrimonial” (acepción 1: “perteneciente o relativo al patrimonio”) podemos hacernos una idea bastante clara (el alcance de la coletilla “de carácter público” puede venir a plantear alguna que otra complicación), pero no deja de ser llamativo el diferente tratamiento otorgado a los dos tipos de prestación en cuestión.

Más recientemente, la RAE ha publicado el Diccionario Panhispánico del Español Jurídico, obra monumental donde las haya, dentro de su categoría. Cuando he tenido la oportunidad de tenerla a mano (no entre mis manos, dado su impresionante tamaño, que, para su edición, ha requerido de dos voluminosos tomos), de manera inconsciente, he acudido a buscar “prestación patrimonial”, simplemente para constatar la imponente completitud de la edición. Tras el intento, y después de no haber encontrado la especificación de “patrimonial” dentro del largo elenco de prestaciones que se recoge, no he podido dejar de experimentar la sensación antes descrita, aunque de manera acentuada.

Algo parecido me sucedió cuando tuvo ante mí por primera vez la colosal y mítica Enciclopedia Británica (15ª edición), allá por el año 1982. Lo primero que se me ocurrió fue buscar, en la Micropedia, el nombre de un destacado hacendista, sólo para corroborar la riqueza de esa inagotable mina de conocimiento. El nombre elegido, irreflexivamente, el primero que me vino a la mente, fue el de Adolph Wagner, el padre intelectual de la “ley” que lleva su apellido, relativa a la tendencia del sector público a su expansión. Si bien aparecía su mención, ésta se limitaba a señalar que era un “economista político alemán”, acompañada de una remisión a la Macropedia, en relación con el papel del sector público en el crecimiento económico. Semejante parquedad me produjo desasosiego, acrecentado al comprobar que sí había reseñas bastante más generosas para otros Wagner; por supuesto, para Richard, pero también para otros como Honus, que fue un destacado jugador profesional de baseball.

Tal vez, en una próxima entrada, trate de reconstruir el curso de los principales hitos normativos acerca de las prestaciones patrimoniales de carácter público. Ahora, por si algún alumno, ya fuera por despiste o por mero azar, accediera a ésta, le dejo planteada, para abrir boca, una pregunta bastante sencilla:

“Todos los tributos son prestaciones patrimoniales de carácter público, pero no todas las prestaciones patrimoniales de carácter público son tributos”. ¿Verdadero o falso?

10 de enero de 2019

Nuevas lecciones vitales de Lucy Kellaway

Lucy Kellaway ha sido durante muchos años, nada menos que treinta y uno, una de las columnistas señeras del diario Financial Times. Su columna semanal era una fuente de interesantes pensamientos sobre la gestión personal y empresarial. Matemática de formación, gran parte de su vida profesional está plasmada en multitud de artículos, centrados en el referido campo, ampliamente difundidos internacionalmente.

A mediados del año 2017, tras cumplir los 58 años de edad, decidió dar otro rumbo a su vida profesional, dejando su labor periodística como actividad principal para pasar a ejercer como profesora a tiempo parcial en centros de enseñanza secundaria londinenses. En dicho año puso en marcha un interesante proyecto docente orientado a dar apoyo a los estudiantes, en materias con formación deficitaria (matemáticas, ciencias y lenguaje). En dicho proyecto no lucrativo (Now Teach) el plantel del profesorado es bastante singular; está integrado por profesionales con amplia experiencia que están dispuestos a volcar sus conocimientos en ese loable objetivo. Antes de pasar a ejercer ese papel, los nuevos instructores han de realizar un curso de adaptación.

Cuando tuve noticia del proyecto no pude evitar buscar algunas connotaciones, aunque puedan ser distantes, con algunas de las iniciativas que, más modestamente, hemos tratado de impulsar en el ámbito de la educación económica y financiera. Igualmente, con otro proyecto con metas docentes más estructurales, hace mucho tiempo concebido y sucesivamente aplazado. También en nuestro entorno hemos constatado la disposición y la vocación de destacados profesionales para, bien al término de su carrera profesional o compatibilizándolo con ésta, aportar su caudal de conocimientos y experiencias a personas, jóvenes o menos jóvenes, que deseen ampliar su formación.

Dejemos la exposición de la idea, que espero pueda fructificar algún día, para otra ocasión. Mi intención aquí era simplemente hacerme eco de otro testimonio de Lucy Kellaway, que, aunque sólo de vez en cuando, sigue apareciendo en las páginas del Financial Times. La última vez que vi un artículo suyo fue a punto ya de clausurar el año pasado (28-12-2018).

En él, a pesar de las turbulencias y de la incertidumbre que marcan el inicio de 2019, y de otros detalles personales, se atreve a pronosticar que 2019 será para ella un gran año. La satisfacción que le genera su actividad como profesora de “teenagers” es una de las razones.

Este año, además, nos confiesa, no está decidida a renunciar al alcohol. Para contextualizar esta curiosa y desinhibida manifestación hace mención de un artículo escrito por Robin Dunbar, profesor de psicología evolutiva de la Universidad de Oxford, con un título muy expresivo (Financial Times, 10-8-2018): “Por qué la bebida es el secreto del éxito de la humanidad”. 

La condición social del ser humano está detrás de la tesis sostenida. Lucy Kellaway suscribe la argumentación pero se separa de este psicólogo cuando hace afirmaciones un tanto despectivas respecto de las personas que beben en solitario. Para ella, el consumo de alcohol (por supuesto, moderado) no la hace más agradable para sus amigos, sino para ella misma (“Al final de una larga jornada, invariablemente bebo a sorbos una copa de vino mientras cocino, leo o veo TV”).

Y finaliza su artículo con las siguientes reflexiones: “Uno no necesita ser un catedrático de psicología social para saber que los seres humanos responden a recompensas por el trabajo duro. Para mis estudiantes, la recompensa es obtener una alta calificación. Para mí la recompensa es mucho mejor – es una copa de vino”. La disponibilidad de alicientes personales, de uno u otro tipo, a la medida de las preferencias de cada cual, es una de las armas imprescindibles para mantener el pulso de nuestra marcha cotidiana. 

7 de enero de 2019

La estrategia anti-PowerPoint de Amazon


Cada año, Jeffrey P. Bezos, fundador y primer ejecutivo de Amazon, dirige una carta a los accionistas de la corporación con motivo de la junta general de accionistas. En dicho documento, además de efectuar un repaso de la evolución del grupo empresarial durante el año anterior, se exponen los planteamientos estratégicos y los criterios de gestión sobre los que se ha sustentado la exitosa trayectoria del coloso del comercio electrónico. Además, la carta anual va acompañada de una copia de la primera carta, del año 1997, en la que se recogían visiones proféticas sobre la evolución futura del comercio online. También en ella se sentaban algunos principios corporativos esenciales, como la creación de valor a largo plazo para el accionista y la obsesión por dar el mejor servicio al cliente.

“Una cosa que me encanta de los clientes -afirma Bezos en la carta anual de 2017- es que están divinamente insatisfechos”. Estar a la altura de sus expectativas crecientes y cambiantes requiere de una combinación de muchas cosas, pero el CEO de Amazon considera que los “estándares altos” son un componente fundamental. En la exposición de las características de dichos estándares nos revela una significativa y llamativa pauta implantada en el seno de Amazon: las presentaciones basadas en el programa PowerPoint (u otras consistentes en diapositivas) están proscritas.

A primera vista, podría pensarse que no se trata más que de una cuestión estética o formal, pero en realidad ese radical planteamiento afecta a cuestiones de fondo que conciernen al proceso de la concepción de ideas, la transmisión del pensamiento y la discusión de propuestas. No obstante la utilidad de algunos programas y aplicaciones, su uso inadecuado puede causar efectos negativos en el circuito de la generación y difusión de la información.

Vaya por delante la declaración de ser usuario de PowerPoint y de sus predecesores desde hace veinte años, lo que no me impide abogar por su uso coherente y adaptado a cada entorno, desechando categóricamente que toda comunicación tenga que canalizarse a través de su formato, y que la ausencia de su utilización haya de verse como una rémora insalvable. El reconocimiento de sus potencialidades es perfectamente compatible con una oposición a “la tiranía del PowerPoint” (https://neotiempovivo.blogspot.com/2017/10/la-tirania-del-powerpoint.html).

En lugar de presentaciones, las normas de Amazon establecen la elaboración de memorias estructuradas de forma narrativa con una extensión de seis páginas, justamente la que tiene la carta anual a los accionistas. Aunque, a decir verdad, dado el ajustado formato utilizado, su tamaño equivale a unas diez páginas según pautas más usuales.

Como antes se señalaba, el procedimiento seguido no solo tiene implicaciones formales. Las reuniones de trabajo comienzan con una lectura silenciosa de los textos preparados, como si se estuviera en una sala de estudios. Esta primera fase de las reuniones puede así tener una duración de unos veinte a treinta minutos. El CEO de Amazon reconoce, como no puede ser de otra manera, que la calidad de los informes varía ampliamente: algunos son sumamente claros, brillantes y razonados, mientras que otros se sitúan en la parte más baja del espectro.

Un buen informe es fácilmente reconocible a partir de una lectura pausada, pero, si hacemos caso a Bezos, sería extremadamente difícil poner por escrito los requerimientos detallados que permiten dar lugar a una gran texto. Otro error -prosigue el relato “amazoniano”- es creer que un documento de seis (diez) páginas puede escribirse en uno o dos días, o incluso en unas pocas horas, “¡cuando realmente podría requerir una semana o más!”. Según la filosofía transmitida, los grandes informes son escritos y reescritos, compartidos con colegas a los que se piden elementos de mejora, se dejan reposar un par de días y luego se reeditan con una mente fresca.

¿Hace falta ser un escritor muy cualificado para pergeñar un informe de primera categoría?, es una pregunta que surge inevitablemente a estas alturas de la exposición. Bezos considera que no tanto, al menos en lo que concierne a un individuo concreto en el contexto de un equipo. Conocer los estándares necesarios en apartados diversos no exige que la misma persona haya de tener una habilidad para su ejecución. El mantenimiento de este punto de vista aboca ineludiblemente al recurso al trabajo en equipo, de manera que en Amazon los nombres de los autores no aparecen nunca en los informes, que se atribuyen a cada grupo en su conjunto. Este enfoque tiene sus ventajas, aunque puede dar pie a un juego en el que hay verdaderos especialistas, el de los “free riders”, por no usar el vocablo español que los define de forma bastante más ilustrativa.

Como señalaba John Gapper en el diario Financial Times, puede establecerse una conexión entre el enfoque seguido por Jeff Bezos y el de Winston Churchill en el ejercicio de sus responsabilidades gubernamentales. El líder británico abogaba por el recurso a contundentes narrativas como base para la adopción de decisiones políticas. Por otro lado, según Gapper, en el caso del CEO de Amazon es un aspecto sorprendente la fe que profesa en los discursos argumentados, en vez de limitarse a los datos en los que en gran medida se basa la operatoria de su empresa. Al fin y al cabo, no todo está en las métricas.

A partir de mi experiencia personal, desde el convencimiento de la utilidad del PowerPoint  -que ha permitido elevar extraordinariamente la productividad en la impartición de clases presenciales, sin que ello signifique tener que renunciar a la pizarra tradicional-, señalaría que, en el ámbito empresarial, una presentación con diapositivas no es condición necesaria ni suficiente para una buena transmisión de la información; un informe escrito tampoco es condición suficiente, pero sí sigue siendo una condición necesaria. No hay tecnología capaz de suplir el papel de un discurso estructurado, sistemático y razonado.

(Artículo publicado en el diario "Sur")

5 de enero de 2019

El programa económico laborista: la revisión del modelo de propiedad empresarial

Hoy día, ante la multiplicidad de problemas que ha de afrontar la sociedad y la diversidad de propuestas de posibles soluciones, resulta cada vez más difícil trazar un perfil monolítico o monocromático asociado a las distintas posiciones teóricas a lo largo del espectro político. Seguramente haría falta especificar a priori una serie de dimensiones o categorías de cuestiones básicas, identificando distintos posicionamientos para cada una de ellas y especificando la construcción de un indicador de ubicación ideológica dentro de dicho espectro. Sabemos de antemano que puede haber grandes contradicciones en las preferencias de una persona respecto a los modelos estándares.

Las dificultades clasificatorias existen, pero, en numerosas ocasiones, las “preferencias reveladas” hacia personajes, estén vivos o no, caracterizados públicamente como representantes de una posición claramente marcada puede ayudar bastante en la tarea. Esto es especialmente útil en relación con los políticos, aunque una cosa es la catalogación ideológica, y otra el alcance y la orientación de las medidas aplicadas en el supuesto de que accedan al poder.

Un caso de estudio relevante en tal sentido es el del Partido Laborista británico. En el año 2015, tras un agitado proceso de elección interna, Jeremy Corbyn se alzó con el liderazgo de dicha formación política. Algunos analistas atribuyen su éxito, además de a la movilización de colectivos de jóvenes, a la participación en la votación de miles de afiliados bajo el impulso de las organizaciones sindicales. Las advertencias de algunas figuras tan significadas como Tony Blair no pudieron frenar la ola de respaldo a Jeremy Corbyn. El anterior primer ministro llegó a escribir en un artículo, publicado en agosto de 2015 en el diario “The Guardian”, lo siguiente: “Si Jeremy Corbyn se convierte en líder, el partido no sólo afrontará la derrota, sino la aniquilación. Parémoslo antes de que sea demasiado tarde… El partido camina con los ojos cerrados, con los brazos extendidos sobre el filo del acantilado, hacia las rocas puntiaguadas que están debajo”.

Sin embargo, después de todo lo acontecido en el archipiélago, y de lo queda por delante, las expectativas de acceder al número 10 de Downing Street sonríen al líder laborista. En cualquier caso, siguiendo la tradición británica, Corbyn no tardó en poner en marcha su “gobierno en la sombra”. Dentro de éste, la cartera de finanzas corresponde a John McDonnell, declarado admirador de Lenin y Trotski. Estas “preferencias reveladas” son de utilidad respecto a la tipificación previa antes aludida. Para valorar las medidas económicas planteadas debemos, sin embargo, acudir al documento donde quedan plasmadas (“Economics for the Many”), y, naturalmente, en su momento, a las que finalmente pudieran implementarse desde la esfera gubernamental.

El “chancellor” en la sombra prometió “un cambio irreversible en el equilibrio de poder y de riqueza en favor de la gente trabajadora”. Ahora bien, según The Economist [“The Labour Party, ¿Hasta la victoria?” (sic), 29-9-2018], el radicalismo del Partido Laborista no se encuentra en su política monetaria ni en la fiscal, que siguen siendo bastante convencionales (respecto a qué, cabría preguntarse, recordando la canción “Taxman” de Los Beatles, comentada no hace mucho en este blog), sino en la reformas estructurales.

En ese contexto, una de las propuestas estelares se centra en la estructura de la propiedad de las empresas societarias, sobre la base de los siguientes elementos: i) los trabajadores tendrían derecho a representación, en un tercio, en los consejos de administración de las empresas; ii) las compañías de más de 250 empleados estarían obligadas a transferir el 1% de sus acciones, hasta el 10%, a un “fondo de propiedad inclusiva”, gestionado por los sindicatos; iii) el personal tendría derecho a los dividendos derivados de tales acciones, con un tope de 500 libras (unos 555 euros) por empleado y año; iv) los dividendos por encima de dicho importe irían a parar al Estado.

Tras un repaso de los contenidos principales del documento “Economics for the Many”, Chris Giles (Financial Times, 25-9-2018), concluye que “si usted quiere un programa coherente de la nueva izquierda, éste no lo es. Si lo que quiere es una ventana hacia su mundo -el lenguaje que usa, las contradicciones que insiste deben ser aceptadas- ésta es una guía inestimable”.

A su vez, Neil Collins (Financial Times, 28-9-2018), centrándose en la medida relativa a las acciones de las sociedades, afirma que “hay más agujeros en la medida de los laboristas para dar acciones a los empleados que las que había en la trama de Bodyguard” (serie televisiva británica). Otras medidas anunciadas son la implantación de controles a la circulación del capital y una semana laboral de cuatro días.

3 de enero de 2019

Hablar en público: ¿cuál debe ser el canon?

Hablar en público en un reto, a veces enorme, para muchas personas. Colocarse en el centro del escenario, ya sea en plaza de primera, o de inferior categoría, puede desencadenar episodios de angustia ex ante y de pánico durante, aunque mucho depende del foro, del formato y, por supuesto, del alcance y la profundidad de los contenidos a exponer. El miedo escénico se mueve a lo largo de una escala de amplitud considerable.

Como en tantas otras facetas de la vida, la experiencia sirve para atenuar la altura alcanzada por el mercurio en ese peculiar termómetro. Como se recogía en una entrada reciente de este blog, casi nadie suele dominar la puesta en escena en sus primeras intervenciones. De igual manera, hay quien, pese a acumular una larga trayectoria, nunca le pierde el respeto a una alocución propia, sea cual sea el contexto. En cambio, hay una minoría de personas inmunes al miedo escénico que son capaces de enfrentarse a cualquier comparecencia sin importarles demasiado ni el marco, ni el margen de preparación, ni la materia objeto de la disertación.

Mientras que ese contraste suele obedecer a rasgos diferentes de las personalidades individuales, tal vez modulables, sólo hasta cierto punto, con la experiencia, existen mayores posibilidades de ajuste en la actitud y en la estrategia ante una intervención en un foro público. Desde mi punto de vista, se trata de un tema apasionante que nunca cabe dar por zanjado. Cada ocasión de hablar en público es algo inexplorado y no se presta a la aplicación de un molde prefabricado. Podemos saber cómo enfocarla de antemano, esbozar el modo y la secuencia para abordarla, pero, a la hora de la verdad, nos podemos encontrar en la realidad con condiciones atmosféricas no pronosticadas.

Quienes intervienen en congresos, convenciones, simposios, jornadas, seminarios, o simplemente imparten clases, suelen regirse por pautas bastante dispares en sus alocuciones. También suelen ser muy variadas las apreciaciones de los asistentes y las opiniones acerca de la forma idónea de llevar a cabo las intervenciones.

No puede decirse que sea fácil identificar el canon apropiado, pero, por lo que concierne a foros de corte académico, es preciso pronunciarse al menos sobre los siguientes apartados:

i. Preparación vs improvisación.
ii. Improvisación vs apariencia de improvisación.
iii. Uso o no de notas escritas.
iv. Recurso a la lectura de un texto vs discurso no leído.
v. Utilización o no de presentaciones como soporte o apoyo gráfico o esquemático.
vi. Utilización de presentaciones con contenidos elaborados vs imágenes de conocimiento público.
vii. Ajuste al título del programa vs libertad de configuración en la práctica.
viii. Sujeción o no a un índice de la exposición.
ix. Recorrido completo vs parcial del índice temático.
x. Carácter de los contenidos: profundidad vs superficialidad.
xi. Extensión de los contenidos: panorámica vs segmentada.
xii. Orientación de los contenidos: generalización vs especialización.
xiii. Revelación o no de las fuentes básicas utilizadas.
xiv. Lenguaje utilizado: formal vs coloquial.
xv. Orden sistemático vs eventualidad o adaptabilidad en la exposición.
xvi. Ajuste a la restricción del tiempo establecido vs superación de dicha restricción.
xvii. Lugar de la exposición: mesa vs atril vs itinerancia en escenario o en sala.
xviii.Tono de la intervención: doctoral vs profano.
xix. Ritmo expositivo pausado vs acelerado.
xx. Voz atiplada vs espontánea.
xxi. Disposición vs rechazo a preguntas del público.
xxii. Apasionamiento vs neutralidad.

Muchas son las combinaciones posibles a partir de las características expuestas. También variopintas son las preferencias personales respecto al perfil-tipo de una conferencia, clase o ponencia. No es fácil, pues, establecer un canon. Todo depende del contexto, de la materia, de la finalidad perseguida por el organizador de la sesión, y de las pretensiones de los asistentes.

La mayor parte de los aspectos reseñados anteriormente son perceptibles, pero hay otros muchos que no lo son a simple vista; forman parte de la zona oculta del iceberg del discurso o bien actúan como condicionantes del mismo:

a) Ajuste del tema a la especialización del ponente.
b) Experiencia profesional específica.
c) Tiempo de preparación.
d) Realización o no de ensayos.
e) Elaboración ad hoc vs repetición de materiales previos.
f) Aportación de ideas propias vs reproducción de textos ajenos.
g) Elaboración autónoma vs asistida, total o parcialmente.
h) Rating del sustrato de la intervención dentro del campo de la especialidad temática correspondiente.

Lo que se visualiza es el producto final de un proceso integrado por varias fases (teóricas) de mayor o menor intensidad y duración, potencialmente cubiertas según distintas condiciones reales. En todo caso, si prevalecen los fines académicos o didácticos, cualquier juicio que se efectúe estará incompleto a menos que, de manera objetiva, autorizada e independiente, se evalúe el grado de aprendizaje efectivo logrado por los receptores de la actuación expositiva.

1 de enero de 2019

La educación financiera y “El milagro de P. Tinto”

Después de que se hayan puesto en marcha numerosas iniciativas de educación financiera, concretadas en programas formativos, prioritariamente dirigidos a los estudiantes de enseñanza secundaria, es normal que se preste atención a la evaluación de tales acciones. En particular, una cuestión clave a dilucidar es si resultan eficaces, es decir, si verdaderamente contribuyen a elevar los conocimientos y a desarrollar las competencias en materia financiera de los destinatarios.

De una manera un tanto sorprendente, nos encontramos con algunos estudios relativos a experiencias tanto españolas como de otros países que ponen de manifiesto la ineficacia de las acciones formativas llevadas a cabo. Así, no se percibe mejora alguna ni en conocimientos ni en competencias. Nos encontraríamos, por tanto, con cursos que no han merecido la pena, que han significado un despilfarro de recursos. Y no queda ahí la cosa. Algunos trabajos llegan a sostener que la participación en una acción formativa implica un retroceso en los niveles de conocimientos y competencias.

Viendo la sofisticación y el rigor metodológico aparente de algunas de las investigaciones que arrojan semejantes resultados, no tendríamos más remedio, en principio, que aceptarlos e inmediatamente registrarlos en un nuestra lista de paradojas o sucesos misteriosos sin resolver.

Ahora bien, sin necesidad de penetrar en el complejo aparato estadístico empleado, tampoco podemos dejar de plantearnos a qué plan de actuación nos llevarían esas conclusiones, si no fueran exclusivas de los programas de educación financiera. ¿Qué deberíamos recomendar respecto a cualquier curso? ¿O realmente existe alguna rémora especial que afecta a los contenidos financieros? ¿Algo así como una especie de maldición bíblica, o tal vez algún rechazo psicológico como respuesta a los males producidos por una actuación inadecuada del sistema financiero?

¿O, quién sabe, podrían estar los resultados comentados afectados por lo que podríamos denominar la “falacia de P. Tinto”?

Mientras exponía las conclusiones del Congreso de Educación Financiera de Edufinet “Realidades y Retos” (Málaga, 22 y 23 de noviembre de 2018) no pude evitar hacer mentalmente esa asociación. La trama de la película “El milagro de P. Tinto” es sobradamente conocida. La historia está marcada por la aspiración de la pareja protagonista de lograr descendencia. Con ese propósito no cejan en el empeño, aplicando sin denuedo el método de procreación conocido, transmitido por vía oral y visual al titular de la empresa de fabricación de obleas.

Ante el estrepitoso fracaso, después de muchos años de intentos frustrantes, no habría otra alternativa que concluir sino la esterilidad de uno o de los dos cónyuges. Así tenían que creerlo los personajes, después de haber recurrido una y otra vez al procedimiento que creían adecuado a tal efecto, consistente en el estiramiento de los tirantes del pantalón del varón con sus pulgares. “Tralarí, tralarí…”, simplemente, así una y otra vez.

Volviendo a los programas de educación financiera, tendemos a centrarnos en los resultados obtenidos, pero no se nos da la información necesaria para poder excluir que no se ha recurrido al “método del tirante”: ¿qué se ha enseñado?, ¿quién lo ha enseñado?, ¿qué grado de aprovechamiento ha habido por parte de los alumnos?, ¿se ha efectuado una evaluación adecuada de los conocimientos adquiridos?...

Sin una especificación clara de estas y otras cuestiones fundamentales, desde mi punto de vista, las conclusiones acerca de los resultados de las acciones formativas no tienen demasiada validez. Puede convertirse en un serio peligro difundir mensajes de gran calado que pueden provenir de unas premisas carentes de fundamentación.

A mi entender, debería resultar muy extraño que un programa “normal”, esto es, bien diseñado, impartido con una metodología apropiada, por instructores especializados y cualificados, a alumnos con dedicación suficiente, y coherentemente evaluados, no tuviera efectos positivos sobre los conocimientos y las competencias; mucho más, que tales efectos fuesen negativos. Desde luego, si no se cumplen tales requisitos mínimos, cualquier avance cognitivo sería un verdadero milagro. En cualquier caso, tendríamos que asegurarnos, por tanto, que queda totalmente excluida la “falacia de P. Tinto”.

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