Según cuentan las crónicas, en las navidades del año 1528, hace 495 años, desde su cátedra en la Universidad de Salamanca, con la puerta del aula abierta para que pudieran oír los numerosos asistentes que no cabían en el interior, el Padre Vitoria fundamentaba “la aportación de los tributos que se consideraban necesarios para la defensa de la república y para otras funciones públicas”, y sostenía que “si alguno no pagase ese tributo pecaría mortalmente”.
17 de diciembre de 2023
15 de agosto de 2023
Lecciones del fraude fiscal en tiempos bíblicos
No puede decirse que el fraude fiscal
sea un fenómeno novedoso, ni siquiera que surgiera con la formación de los
modernos Estados fiscales. En los textos bíblicos encontramos indicios que así
lo avalan. De forma bastante ilustrativa, en el Libro de Malaquías encontramos
el relato de cómo el Señor recrimina al pueblo elegido que lo estuviera
defraudando en los diezmos y en los tributos. Quien actúa como sujeto activo especialmente
cualificado conmina a los sujetos pasivos a poner fin a sus censurables prácticas.
Al igual que algunos de los
planes antifraude puestos en marcha en diversos países recurren -sin renunciar,
por supuesto, a las pertinentes sanciones- al gancho de los estímulos, el plan
divino ofrecía una gama de irresistibles parabienes: “Traed todos los diezmos
al templo… y veréis cómo abro las compuertas del cielo y derramo bendición sin
medida. Ahuyentaré de vosotros el insecto devorador y no se os echarán a perder
los frutos de la tierra, ni se estropeará la viña”.
Los sujetos activos terrenales no
cuentan, sin embargo, con semejante munición para tratar de frenar el fraude
fiscal en sus diversas manifestaciones. A la vista de la persistencia de éstas,
se antoja bastante difícil su erradicación sin la posibilidad de disponer de artillería
de corte celestial, o, en su defecto, el acaecimiento de algún milagro transformador.
10 de enero de 2023
Economía sumergida y recaudación fiscal
A lo largo del año 2022, la recaudación tributaria en España ha
venido alcanzando unos registros históricos. Los ingresos tributarios
gestionados por la Agencia Tributaria han crecido un 15,9% (un 16,8% en
términos homogéneos) en los 11 primeros meses de 2022 en comparación con el mismo
período de 2021.
Este incremento tan pronunciado, que no encuentra correspondencia
en otros países, causa asombro en el plano internacional. El diario Financial Times se ha hecho eco de dicha
evolución y ha tratado de encontrar las claves explicativas[1].
Los articulistas dejan al margen el impacto de la inflación, que mencionan de
pasada, y, en particular, la falta de ajuste de la imposición personal para
corregir el problema de la “progresividad en frío”, y se centran en el papel de
la “economía sumergida”.
La tesis que se sostiene es que, en el contexto de la crisis
pandémica, se ha reducido de manera significativa el peso de este sector
informal y esquivo a la tributación de nuestra economía. Según los testimonios
recogidos, ese supuesto cambio no obedece a una alteración de comportamientos
hacia mayores cotas de “moral fiscal”, sino, primordialmente, al hecho de
constituir el afloramiento de actividades y contratos la única vía para poder
acceder a las ayudas públicas instituidas a raíz de la crisis pandémica. El
retroceso del uso del efectivo puede haber incidido en el mismo sentido. Según
algunas de las opiniones recogidas, está por ver, sin embargo, si la tendencia
observada es o no reversible.
[1]
Vid. B. Jopson y F. Cocco, “’Shadow economy’ drives record jump in Spain’s tax
revenue”, Financial Times, 7-1-2023.
10 de diciembre de 2022
El IVA en la UE: adaptación a la era digital
El IVA es una fuente primordial
de ingresos públicos en una amplia mayoría de países. Por razones históricas, es
una figura clave en los países de la Unión Europea (UE). Pese a su importancia
recaudatoria, el IVA presenta significativos desfases respecto a su potencial
normativo. Se estima que, en el año 2020, los Estados Miembros de la UE perdieron
93.000 millones de euros en concepto de ingresos por IVA. Aproximadamente un
25% de ese importe tuvo su origen en el fraude ligado a las operaciones interempresariales
intracomunitarias, más conocido como “fraude carrusel”.
La relevancia alcanzada por esta
atípica modalidad de fraude fiscal, que entra, no ya en la categoría de la evasión,
sino en la del desfalco a las arcas públicas, guarda una estrecha relación con
la supresión de las fronteras fiscales intracomunitarias desde el año 1993, y
en la no aplicación -tras sucesivos aplazamientos, ya de 30 años- del principio
del país de origen, que sería el coherente con la referida situación del
mercado único europeo.
Según el sistema “transitorio”
vigente, las operaciones de venta de un país a otro salen sin IVA. Al no
existir control aduanero, la empresa adquirente (A) no satisface IVA en su compra,
tan sólo tiene que efectuar un, intrascendente desde el punto de vista
recaudatorio, registro contable. La empresa adquirente forma parte de un
circuito delictivo de empresas en el que se llevan a cabo distintas
transmisiones, hasta llegar a la empresa (C) que vende a otra del otro país.
Esta empresa no tiene que cobrar IVA, pero sí tiene derecho a recuperar de Hacienda
el IVA soportado en sus compras. Un IVA que, sin embargo, no fue ingresado en
su momento por la empresa que efectuó la adquisición inicial.
Recientemente, la Comisión Europea
ha lanzado un programa de medidas orientadas a adaptar el IVA a la era digital[1].
Una de las medidas pretende hacer frente al mencionado fraude. Se trata de un
nuevo sistema de declaración digital en tiempo real basado en la facturación
electrónica. Al asegurar que las autoridades nacionales pueden disponer de una
trazabilidad de las operaciones entre Estados Miembros para fines del IVA en
tiempo real, estarán en una posición mucho mejor para impedir el fraude.
Otras medidas van encaminadas a
adaptar las reglas del IVA para la economía basada en plataformas, así como al
establecimiento de un sistema de registro único para empresas que venden a
consumidores en el ámbito de la UE.
9 de diciembre de 2022
El desfase recaudatorio y las sombras grisáceas
El desfase recaudatorio (tax
gap) de un país suele definirse como la diferencia entre la recaudación potencial
derivada de la aplicación de una normativa tributaria de referencia y la
recaudación realmente obtenida. O, lo que es lo mismo, la diferencia entre los
impuestos devengados, desde un punto de vista legal, y los impuestos efectivamente
percibidos.
Con bastante frecuencia, dicho
concepto suele ser objeto de confusiones que, en algunos casos, llevan a equipararlo
con la noción de evasión fiscal[1].
Por supuesto, el desfase recaudatorio engloba la evasión fiscal, pero también diversas
zonas de tonos grisáceos. Entre estas, Hemel et al. (2022), para el caso
estadounidense, mencionan las siguientes: a) menores ingresos como consecuencia
de ambigüedades interpretativas no necesariamente fraudulentas; b) impacto ligado
a errores no premeditados en la cumplimentación de las declaraciones; c) impactos,
por insolvencia, de deudas fiscales reconocidas; d) cuantías adicionales
recomendadas a raíz de inspecciones que, parcialmente, pueden no consolidarse.
En sentido contrario, no se tiene en cuenta la falta de declaración de rentas
de origen ilícito.
En suma, señalan que “equiparar
el desfase recaudatorio con la evasión fiscal genera una percepción distorsionada
del problema del no cumplimiento fiscal. Entre el no cumplimiento claro y el
cumplimiento hay un espectro de muchas sombras de gris, donde los contribuyentes,
la administración tributaria, los tribunales, y el parlamento pueden discrepar
respecto a lo que es legal o ilegal”.
[1]
Vid. Daniel Hemel, Janet Holtzblatt, and Steve Rosenthal, “The tax gap’s many
shades of gray”, Tax Policy Center, febrero, 2022, pág. 2.
14 de julio de 2020
Esfuerzo fiscal y fraude fiscal
13 de enero de 2020
El nivel “óptimo” de fraude fiscal y las subidas impositivas
- El beneficio de no declarar un euro de renta vendrá dado por lo que dejaría de tributar por dicho euro, es decir, el resultado de multiplicar 1 euro por el tipo impositivo (tipo marginal) aplicable. Si el IRPF tiene una tarifa progresiva, a medida que se van dejando de declarar sucesivas cantidades, el ahorro obtenido será menor, ya que el tipo aplicable (sobre cantidades menores) será más bajo.
- A su vez, el coste de no declarar se corresponderá esencialmente con el importe de las sanciones que resulten de una eventual detección del fraude. Dependerá de la probabilidad de detección y de la graduación de las sanciones.
Y, para finalizar, una pregunta distinta, bastante fácil de responder: ¿dónde se situaría el “óptimo” de un individuo “maximizador del civismo tributario”?, acompañada de otra un tanto incómoda: ¿cuál de los dos comportamientos “maximizadores” es más representativo de la realidad social?
14 de marzo de 2019
Costes de cumplimiento vs costes de incumplimiento fiscales
Entradas más vistas del Blog
-
Una nueva necesidad de conocimientos es constatada en el ámbito de las finanzas personales, la relativa a los relacionados con la longevidad...
-
Hace varios meses, antes de adentrarnos en la terrorífica era del coronavirus, recibí un regalo tangible, un libro tradicional, no digit...
-
En un artículo publicado en este blog hace algunas semanas (“Economía básica de la pandemia”, 29-3-2020) se recogía que la enfermedad prov...
-
Suele ser habitual que, tras la celebración de unas elecciones generales, se proclame de manera solemne que la voluntad de la sociedad en ...
-
Desde hace algunos años, especialmente para algunos bancos europeos y españoles, se ha abierto una brecha muy importante entre el valor co...
-
El nivel de los impuestos, especialmente el que debe corresponder a las personas de mayor nivel de renta, es objeto de permanentes controve...
-
Cualquier programa educativo se proyecta sobre una realidad cambiante, como cambiantes son los perfiles y las necesidades de los destinata...
-
Narra Chris Giles, editor económico del diario Financial Times , que, en 2018, recibió el encargo de actuar como árbitro acerca de cuál de...
-
Una de las primeras lecturas de una tesis doctoral a las que asistí como espectador, en septiembre del año 1982, estuvo marcada por la t...
-
La agricultura, esa actividad económica que, según todos los indicios, ha tenido algo que ver en el desarrollo de la humanidad, en virtud ...




