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3 de julio de 2024

Prementiras fiscales

 

Vivimos una época dominada por la posverdad, que está causando efectos nocivos. Se trata de un fenómeno que ha venido a añadirse al de los dogmas, ya atemporales, instalados en la mentira, con consecuencias no menos lacerantes. El repertorio de falsedades presenta un carácter expansivo. Algunas, sin embargo, tienen la ventaja de que, antes de que se consoliden, pueden desmontarse de manera contundente. Es el caso de las prementiras, aquellas que, sin demasiado esfuerzo, pueden quedar al descubierto de forma temprana.

El terreno fiscal se presta a intentos de esta naturaleza. En este sentido, algunas de las propuestas planteadas por Donald Trump para Estados Unidos representan una buena candidatura para ese estatus. La sugerencia de sustituir el impuesto federal sobre la renta por nuevos aranceles merece una consideración especial a este respecto[1].

Los contribuyentes estadounidenses declaran unos $15 billones como renta individual y afrontan una cuota tributaria de $2,2 billones. Por su parte, las importaciones totales de Estados Unidos ascienden a unos $3 billones, en tanto que los aranceles recaudan $80.000 millones. Así las cosas, en principio, sería preciso aplicar un arancel medio superior al 70% para lograr una equivalencia recaudatoria (la del IRPF más la de los aranceles actuales).

Aparentemente, la supresión del IRPF por nuevos aranceles sería una opción factible. Es lo que parece verse a simple vista, ya se sabe, la visión que adopta un economista malo según la definición de Bastiat. Pero hay otros efectos que es preciso prever. Así, de entrada, ante un aumento sustancial de los precios de las importaciones (se supone que los exportadores no estarían dispuestos a absorber semejante impacto), cabe esperar que se contraigan las importaciones. Con una elasticidad igual a -1, un incremento del precio del 70% llevaría a una cifra de importaciones igual a $630.000, con lo que la recaudación sería inferior a los $500.000 millones.

Por otro lado, los mayores precios de los productos importados generarían una cadena de efectos en la economía nacional: los mayores costes soportados por los importadores pueden ser trasladados a los productores y los consumidores en forma de mayores precios, lo que podría dar lugar a que se trabajara y se invirtiera menos. Alternativamente, el dólar podría apreciarse como respuesta a los aranceles, contrarrestando el incremento potencial de precios para los consumidores nacionales. Sin embargo, dicha apreciación dificultaría las exportaciones estadounidenses.

Los inconvenientes señalados invalidan la propuesta comentada, que, como señala York (op. cit.), carece de “seriedad y mérito”. Ahora bien, hay un efecto potencial que tampoco puede pasar desapercibido, al menos en el plano analítico. En el escenario hipotético de supresión completa del IRPF, ¿cómo reaccionarían los perceptores de rentas del trabajo, de actividades económicas, y del capital?



[1] Vid. E. York, “Five things to know about Trump’s tariff and income tax proposals”, Tax Foundation, 18-6-2024.


10 de febrero de 2021

“MAGA” v “Buy American”: when small differences matter

 

El plan económico, o tal vez sea más apropiado hablar de anti-plan, desarrollado por el expresidente Donald Trump durante su mandato recibió desde un primer momento un aluvión de severas críticas. Algunas de las más contundentes se centraban en cuestionar el carácter proteccionista de una serie de medidas aplicadas, en abierta contraposición con los postulados de Adam Smith sobre las ventajas del libre comercio[1].

Pese a la evocación del conocido acrónimo en nuestro idioma, el programa “MAGA” (“Make America Great Again”) no ha arrojado los resultados ansiados por sus promotores ni, mucho menos, ha permitido obrar el “milagro promisorio” de enlazar un segundo mandato. Con todo, el conocido eslogan “America First” parece encontrar réplicas en diversas partes del planeta.

Y aún más llamativo puede resultar la puesta en marcha del programa “Buy American”, que, lejos de tener connotaciones trumpianas, las tiene del nuevo presidente, Joe Biden. Como señala Financial Times en un editorial reciente, se trata de aplicar medidas proteccionistas en relación con las compras del gobierno federal[2]. Basándose en las conclusiones del análisis económico y en los resultados de la evidencia empírica, el consejo editorial de dicho diario considera que la aplicación de impuestos sobre los consumidores, con fines proteccionistas, no es la mejor manera de favorecer los intereses de los trabajadores ordinarios.

Sin embargo, una de las más destacadas articulistas del mismo medio, Rana Foroohar, no sólo no critica el plan bideniano sino que lo defiende de manera rotunda: “Como presidente, Mr Trump habló un montón acerca de la clase trabajadora pero no tuvo ningún plan real para ayudar al trabajo. Mr Biden lo tiene”[3]. Como en muchos de los comentarios online al mencionado editorial, se sostiene que existen determinados fines superiores que justifican sacrificar algunos principios. En uno de tales comentarios se señala que el paradigma del libre comercio es simplemente una religión.

Aunque quizás habría que tener en cuenta que, en realidad, vivimos en una época dominada por religiones de diversa hechura y compostura, unas más explícitas que otras.



[1] Vid. “La guerra arancelaria de Donald Trump: la visión de M. Feldstein”, Blog Tiempo Vivo, 29-3-2018.

[2] Vid. “’Buy American’ plan will not help US workers”, Financial Times, 28-1-2021.

[3] Vid. “Joe Biden’s ‘Buy American’ isn’t bad, it’s necessary”, Financial Times, 31-1-2021.

14 de abril de 2018

La reforma fiscal de Trump

Donald Trump consiguió cerrar el año 2017 con su primer éxito legislativo tras once meses de mandato presidencial. La coincidencia de fechas le permitió proclamar que la reforma fiscal aprobada, la de mayor alcance desde la rubricada por Ronald Reagan en 1986, representaba un gran regalo de Navidad para las clases medias. Sin embargo, un abismo separa a Republicanos y Demócratas respecto a la valoración de su coste, su impacto macroeconómico y, sobre todo, sus principales beneficiarios.


La reforma fiscal de diciembre de 2017 ha salido adelante a costa de dejar en el trastero algunos de los elementos esenciales de la propuesta presentada por los congresistas republicanos en junio de 2016 (impuesto sobre sociedades -IS- basado en los flujos de caja y en ajustes fiscales en frontera). Sus objetivos declarados son: a) promoción de la simplicidad, la ecuanimidad y la claridad de la legislación fiscal; b) elevación de la renta neta de los trabajadores; c) conversión de Estados Unidos en un polo de atracción de empresas mediante la equiparación de las reglas del juego; y d) recuperación de los ingentes recursos de las multinacionales aparcados, por motivos fiscales, fuera de EE.UU., con vistas a su reinversión en la economía nacional.

La extensa batería de medidas adoptadas, unas con carácter permanente (algunas de las referentes a las empresas) y otras con fecha de caducidad (año 2025), puede agruparse de la siguiente manera:
  1. Gravamen de la renta empresarial. La modificación más destacada es la disminución del tipo de gravamen nominal del IS del 35% al 21%. No obstante, la caída de la carga efectiva es menor, ya que esta se veía mermada por un elenco de beneficios fiscales que desaparecen (salvo los ligados a la I+D), y se introducen restricciones para la compensación de pérdidas y para la deducción de intereses de préstamos. Otro cambio relevante consiste en la adopción de un sistema territorial para el gravamen de la renta de las corporaciones, lo que implica una exoneración en EE.UU. de las rentas obtenidas por filiales en el extranjero.

  2. Inversiones empresariales. Durante cinco años se permite la deducción completa e inmediata de las inversiones en activos de capital de vida corta.

  3. Repatriación de fondos en el extranjero. Se establece un impuesto por una sola vez para los fondos que se repatríen, con unos tipos minorados del 15,5% para el efectivo y los activos líquidos, y del 8% para los activos ilíquidos.

  4. Medidas antielusión. Se trata de esquemas que pueden ser coherentes desde un punto de vista nacional, pero que requerirían de una coordinación internacional.

  5. Pequeñas empresas. Para las sociedades acogidas al régimen de atribución de rentas (tributan solo por el IRPF, no por el IS) se fija un tipo impositivo máximo del 25% para una parte de los ingresos.

  6. Tributación de la renta de las personas físicas. Aunque inicialmente se planteaba la reducción del número de tramos de la escala del IRPF, se mantienen los siete existentes, si bien se eleva sustancialmente el umbral a partir del que se gira el tipo máximo, que pasa del 39,6% al 37%. Por otro lado, se seguirán aplicando ajustes por inflación a fin de eliminar la “progresividad en frío” y se incrementa el mínimo exento. Asimismo seguirán siendo deducibles los intereses de préstamos hipotecarios hasta los primeros $750.000 de principal.

  7. Impuestos estatales y locales. Se introduce una limitación para la deducción en el IRPF federal de los impuestos estatales y locales pagados.

  8. Tributación de las herencias. No se suprime el impuesto, pero la exención pasa de $5,6 millones a $11,2 millones.

  9. Varias son las cuestiones de gran alcance que centran la discusión de la reforma en la vertiente económica:
  • Efectos sobre el PIB y el empleo: Según la Tax Foundation, la reforma generará un cambio a largo plazo en el PIB del 1,7% y permitirá unos 339.000 empleos adicionales. Otras estimaciones arrojan cifras más modestas.

  • Impacto recaudatorio: En términos estáticos, la reforma implica la disminución de los ingresos federales en $1,5 billones en el curso de los diez próximos años. En una base dinámica, el coste presupuestario podría reducirse en $0,6 billones.

  • Incidencia distributiva: Son aquí particularmente marcadas las discrepancias entre los partidarios y los detractores de la reforma. En 2018 se produce un incremento (no lineal) de la renta neta para todos los grupos de contribuyentes. Las estimaciones a largo plazo dependen crucialmente del supuesto relativo a la parte de la carga del IS soportada por el trabajo.
  • La reforma descrita no se circunscribe, pues, a una simple bajada de tipos de gravamen sino que contiene un abanico de disposiciones, algunas de considerable complejidad, en las que se combinan aciertos y desaciertos técnicos. La dispar reacción de grandes corporaciones ante algunas de las medidas adoptadas desafía los planteamientos más simplistas. Hay así al menos una cosa en la que no es difícil estar de acuerdo con el presidente Trump: “Los números hablarán”. ¿Compensará un mayor crecimiento del PIB el aumento del déficit público? ¿En qué medida se expandirá la inversión empresarial y, a raíz de esta, la productividad y los salarios?
(Artículo publicado en el Anuario Joly Andalucía 2018)



29 de marzo de 2018

La guerra arancelaria de Donald Trump: la visión de M. Feldstein

Del mandato presidencial de Donald Trump puede decirse cualquier cosa menos que sea rutinario o anodino. Desde un primer momento, las medidas de política económica, anunciadas o implementadas, no han dejado de soliviantar a amplios sectores dentro y fuera de Estados Unidos. Ya la reforma fiscal aprobada en diciembre de 2017, aunque finalmente con notables diferencias respecto a los planteamientos iniciales, tiene una importante incidencia en el ámbito internacional. Más recientemente, su gabinete ha anunciado otras medidas fiscales especiales centradas en el comercio internacional, con una aspiración netamente proteccionista. Barreras proteccionistas las hay de diversa naturaleza; el arancel, como impuesto sobre las importaciones es una de ellas. El acero y el aluminio, con tipos de gravamen del 25% y del 10%, respectivamente, centran la iniciativa del gobierno estadounidense.

Es evidente que un impuesto sobre las importaciones tiende a incrementar el precio de éstas y a dificultar su colocación, salvo que los vendedores soporten efectivamente la carga impositiva. Es el mismo caso que el de un impuesto sobre ventas. Todo depende de las magnitudes relativas de la oferta y de la demanda del producto en cuestión. También, cuando entran en juego distintas divisas internacionales, de cómo respondan los tipos de cambio.

Matizaciones aparte, desde hace siglos, los economistas han venido advirtiendo de los efectos negativos de los aranceles sobre el comercio, cuya restricción perjudica el bienestar de la población. 

Especialmente destacado es el papel desempeñado por Adam Smith en la defensa del comercio libre frente a las políticas mercantilistas. En “La Riqueza de las Naciones” (1776), Adam Smith sentó las bases económicas de las ventajas del comercio internacional para la creación de riqueza por las naciones. Entre los argumentos esgrimidos figuran los siguientes: i) mientras mayor sea la posibilidad de efectuar transacciones comerciales, mayor será la capacidad de especialización productiva, con las ventajas que ello conlleva; ii) las dificultades de acceso a mercancías más baratas producidas en otros países, debido a la aplicación de políticas comerciales restrictivas, hace que la industria del país que las aplica sea menos productiva y competitiva y, con ello, la nación se hace más pobre; iii) la aplicación de medidas comerciales restrictivas en un país tiende a desencadenar medidas similares en otros países, dando lugar a una espiral que acaba perjudicando a todas las partes implicadas.

Así pues, la defensa del libre comercio es un rasgo consustancial al liberalismo económico, por lo que el calificativo de “neoliberal”, tan en boga hoy día como etiqueta descalificadora, no sería de aplicación al gabinete de Donald Trump, sino la de mercantilista.

Ahora bien, como señala The Economist, justamente en su columna titulada “Free exchange” de fecha 17 de marzo de 2018, “en los años 1950s y 1960s, los norteamericanos asociaban la liberalización con un crecimiento económico rápido y generalizado. Ya no”, e incluso significados representantes del Partido Demócrata se han pronunciado a favor de los aranceles.

En un artículo anterior (10-2-2018), la misma revista apunta algunas claves significativas. De un lado, la escasa importancia relativa de las importaciones de acero y aluminio, que representan un 2% del total de bienes importados por Estados Unidos y un 0,2% de su PIB. De otro, el riesgo derivado de la justificación dada por la Administración, basada en una ley de escasa utilización que permite a un presidente proteger una industria por razones de seguridad nacional, y que puede dar pie a su réplica por otros países.

Por su parte, Martin Feldstein, catedrático de Economía de la Universidad de Harvard, expone una perspectiva que ayuda a completar la visión de la propuesta analizada. En su opinión (Project Syndicate, 15-3-2018), el objetivo real de los aranceles sobre el acero y el aluminio es China, país que ha venido posponiendo su compromiso de reducir su exceso de producción de acero, que ha vendido a Estados Unidos a precios subvencionados. Sin embargo, la mayor preocupación comercial actual respecto a China concierne, según él, a las transferencias tecnológicas, por considerar que se dañan los intereses norteamericanos al apropiarse de tecnología desarrollada por empresas estadounidenses. Éstas se quejan de que, para acceder al mercado chino, son a menudo requeridas a transferir su tecnología a empresas del gigante asiático.

Al no poder dilucidarse este tipo de controversias en los foros internacionales, la amenaza de imponer aranceles sobre los productores chinos puede ser, según Feldstein, una forma de persuadir al gobierno chino de abandonar la política de las transferencias de tecnología “voluntarias”. Y no duda en afirmar que “si esto ocurre… la amenaza de los aranceles habrá sido un instrumento de política comercial muy exitoso”. ¿Estamos, pues, ante una política arancelaria con tintes ajedrecistas?

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