14 de abril de 2018

La reforma fiscal de Trump

Donald Trump consiguió cerrar el año 2017 con su primer éxito legislativo tras once meses de mandato presidencial. La coincidencia de fechas le permitió proclamar que la reforma fiscal aprobada, la de mayor alcance desde la rubricada por Ronald Reagan en 1986, representaba un gran regalo de Navidad para las clases medias. Sin embargo, un abismo separa a Republicanos y Demócratas respecto a la valoración de su coste, su impacto macroeconómico y, sobre todo, sus principales beneficiarios.


La reforma fiscal de diciembre de 2017 ha salido adelante a costa de dejar en el trastero algunos de los elementos esenciales de la propuesta presentada por los congresistas republicanos en junio de 2016 (impuesto sobre sociedades -IS- basado en los flujos de caja y en ajustes fiscales en frontera). Sus objetivos declarados son: a) promoción de la simplicidad, la ecuanimidad y la claridad de la legislación fiscal; b) elevación de la renta neta de los trabajadores; c) conversión de Estados Unidos en un polo de atracción de empresas mediante la equiparación de las reglas del juego; y d) recuperación de los ingentes recursos de las multinacionales aparcados, por motivos fiscales, fuera de EE.UU., con vistas a su reinversión en la economía nacional.

La extensa batería de medidas adoptadas, unas con carácter permanente (algunas de las referentes a las empresas) y otras con fecha de caducidad (año 2025), puede agruparse de la siguiente manera:
  1. Gravamen de la renta empresarial. La modificación más destacada es la disminución del tipo de gravamen nominal del IS del 35% al 21%. No obstante, la caída de la carga efectiva es menor, ya que esta se veía mermada por un elenco de beneficios fiscales que desaparecen (salvo los ligados a la I+D), y se introducen restricciones para la compensación de pérdidas y para la deducción de intereses de préstamos. Otro cambio relevante consiste en la adopción de un sistema territorial para el gravamen de la renta de las corporaciones, lo que implica una exoneración en EE.UU. de las rentas obtenidas por filiales en el extranjero.

  2. Inversiones empresariales. Durante cinco años se permite la deducción completa e inmediata de las inversiones en activos de capital de vida corta.

  3. Repatriación de fondos en el extranjero. Se establece un impuesto por una sola vez para los fondos que se repatríen, con unos tipos minorados del 15,5% para el efectivo y los activos líquidos, y del 8% para los activos ilíquidos.

  4. Medidas antielusión. Se trata de esquemas que pueden ser coherentes desde un punto de vista nacional, pero que requerirían de una coordinación internacional.

  5. Pequeñas empresas. Para las sociedades acogidas al régimen de atribución de rentas (tributan solo por el IRPF, no por el IS) se fija un tipo impositivo máximo del 25% para una parte de los ingresos.

  6. Tributación de la renta de las personas físicas. Aunque inicialmente se planteaba la reducción del número de tramos de la escala del IRPF, se mantienen los siete existentes, si bien se eleva sustancialmente el umbral a partir del que se gira el tipo máximo, que pasa del 39,6% al 37%. Por otro lado, se seguirán aplicando ajustes por inflación a fin de eliminar la “progresividad en frío” y se incrementa el mínimo exento. Asimismo seguirán siendo deducibles los intereses de préstamos hipotecarios hasta los primeros $750.000 de principal.

  7. Impuestos estatales y locales. Se introduce una limitación para la deducción en el IRPF federal de los impuestos estatales y locales pagados.

  8. Tributación de las herencias. No se suprime el impuesto, pero la exención pasa de $5,6 millones a $11,2 millones.

  9. Varias son las cuestiones de gran alcance que centran la discusión de la reforma en la vertiente económica:
  • Efectos sobre el PIB y el empleo: Según la Tax Foundation, la reforma generará un cambio a largo plazo en el PIB del 1,7% y permitirá unos 339.000 empleos adicionales. Otras estimaciones arrojan cifras más modestas.

  • Impacto recaudatorio: En términos estáticos, la reforma implica la disminución de los ingresos federales en $1,5 billones en el curso de los diez próximos años. En una base dinámica, el coste presupuestario podría reducirse en $0,6 billones.

  • Incidencia distributiva: Son aquí particularmente marcadas las discrepancias entre los partidarios y los detractores de la reforma. En 2018 se produce un incremento (no lineal) de la renta neta para todos los grupos de contribuyentes. Las estimaciones a largo plazo dependen crucialmente del supuesto relativo a la parte de la carga del IS soportada por el trabajo.
  • La reforma descrita no se circunscribe, pues, a una simple bajada de tipos de gravamen sino que contiene un abanico de disposiciones, algunas de considerable complejidad, en las que se combinan aciertos y desaciertos técnicos. La dispar reacción de grandes corporaciones ante algunas de las medidas adoptadas desafía los planteamientos más simplistas. Hay así al menos una cosa en la que no es difícil estar de acuerdo con el presidente Trump: “Los números hablarán”. ¿Compensará un mayor crecimiento del PIB el aumento del déficit público? ¿En qué medida se expandirá la inversión empresarial y, a raíz de esta, la productividad y los salarios?
(Artículo publicado en el Anuario Joly Andalucía 2018)



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