2 de septiembre de 2021

La influencia de los mitos fiscales: lecciones de la experiencia estadounidense

 

La perspectiva fiscal está llamada a ocupar un lugar de primera fila en los programas de educación financiera. Ese papel queda plenamente justificado a tenor de la incidencia de la tributación en las diferentes fases de la vida de los productos financieros. Su impacto puede tener una importancia crucial a la hora de determinar el rendimiento o el coste efectivo de las operaciones financieras[1]. No es de extrañar, pues, que el componente tributario se incluya dentro de los esquemas de competencias en materia financiera[2].

Por la trascendencia del sistema fiscal para el funcionamiento del Estado y para la sociedad en su conjunto, la educación tributaria se ha configurado como una área de conocimiento específica. Sin perjuicio de ello, por las razones esgrimidas, la consideración de la perspectiva fiscal es imprescindible en los programas de educación financiera. Máxime teniendo en cuenta la configuración del alcance temático de la educación financiera, que atraviesa los límites de una serie de disciplinas y de campos del saber.

Indudablemente, para poder llegar a manejar con soltura los elementos determinantes de la carga tributaria asociada a las diferentes operaciones financieras, es imprescindible conocer el funcionamiento general de los impuestos y sus interrelaciones. Ése es el enfoque que, desde un principio, fue adoptado por el proyecto Edufinet, y que se ha plasmado en las sucesivas Guías Financieras editadas, en los contenidos publicados en su página web, y en textos específicamente centrados en la fiscalidad.

Los ingresos y los gastos públicos son, por otro lado, un terreno particularmente abonado para el afloramiento del fenómeno de la ilusión financiera, que, de producirse, ocasiona que los ciudadanos tengan percepciones sesgadas o falaces sobre el alcance real de las disposiciones presupuestarias. Dicho fenómeno puede tener una gran incidencia en la opinión pública y en la actitud de la población respecto a las medidas tributarias.

Por su trascendencia en la literatura económica internacional y en los medios de comunicación de todo el mundo, la experiencia estadounidense reviste una notoria importancia para la transmisión de ideas relacionadas con el sector público, en general, y las medidas tributarias, en particular. La Tax Foundation ha difundido un texto en el que se pretende desmontar una decena de mitos fiscales[3].

Aunque se trata de problemas centrados en la realidad estadounidense, su consideración tiene un interés general, bien por la influencia que vienen ejerciendo en la opinión pública de otros países, bien porque ilustran la aplicación del análisis hacendístico a cuestiones específicas. Sobre la base de la anterior, en este documento se efectúa un repaso de los referidos mitos, no sin antes precisar que muchos de los aspectos fiscales envueltos en controversia se encuentran sujetos a disputas metodológicas subyacentes que es preciso dilucidar previamente.

A continuación, se procede a reseñar los referidos mitos, limitándonos a sintetizar los principales aspectos puestos de relieve por la Tax Foundation, sin pretender adentrarnos en un análisis detallado:

Mito 1: Los ricos no pagan impuestos en Estados Unidos: Por lo que se refiere al impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), el 50% de los contribuyentes, aquéllos con menor renta, pagan el 3,1% del total; el otro 50%, casi el 97%. Por otro lado, el 1% con mayor nivel de renta aportan el 38,5% del total.

Mito 2: El IRPF de los ricos en Estados Unidos era mucho más alto en los años 50 del siglo veinte: Pese a los elevadísimos tipos máximos del IRPF en la década de los años 50, por encima del 90%, los tipos efectivos no eran muy diferentes de los afrontados en los últimos años. Así, en los años 50, el 0,1% de los contribuyentes con mayor renta tenían un tipo efectivo del 21,0%, frente al 20,7% en 2014.

Mito 3: No hay ninguna ley estadounidense que requiera el pago del IRPF: La 16ª Enmienda de la Constitución, que permite al Congreso establecer un IRPF, se incorporó a la Constitución en febrero de 1913.

Mito 4: Una gran devolución fiscal es motivo de celebración: Recibir una devolución significa que se ha retenido a cuenta del IRPF una cuantía superior a la necesaria para hacer frente a la obligación fiscal. Implica que se ha efectuado un préstamo sin interés al sector público.

Mito 5: La deducción por impuestos estatales y locales protege contra la doble tributación: Actualmente existe un tope de $10.000 sobre la deducción de los impuestos estatales y locales pagados. Hay peticiones de eliminar ese tope para así evitar que haya doble imposición. Se considera que existe un caso claro de doble imposición cuando dos impuestos aplicados por un mismo gobierno (o distintos gobiernos del mismo nivel) recaen desproporcionadamente sobre la misma unidad renta. Sin embargo, el argumento no prevalece cuando diferentes niveles de gobierno aplican impuestos por diferentes conjuntos de servicios.

Mito 6: Las grandes corporaciones no pagan impuestos: Es cierto que, en algunos años, ciertas corporaciones, a menudo con rentabilidad positiva, no pagan el impuesto sobre sociedades (IS) federal. Como explicación se apunta la diferencia entre el beneficio contable y el beneficio gravable. Según éste, las pérdidas de un año son compensables a lo largo de los años futuros, lo que puede dar lugar a bases imponibles nulas. Por otro lado, hay que tener en cuenta el juego de los impuestos pagados en el extranjero, en el caso de empresas que operan en varios países. Adicionalmente, hay que tener presente el impacto de las inversiones realizadas como gasto deducible. Por último, no hay que olvidar que existen otros impuestos aparte del IS federal.

Mito 7: Los impuestos empresariales sólo afectan a los propietarios de las empresas: Según los estudios empíricos, los trabajadores pueden acabar soportando una parte muy significativa de la carga del IS. La explicación radica en la diferenciación entre la incidencia impositiva “legal” -quién está obligado legalmente a pagar el impuesto- y la incidencia impositiva “económica” -quién paga indirectamente el impuesto, a menudo en la forma de menores salarios. Así, los impuestos empresariales afectan al coste de llevar a cabo una inversión. Cuanto mayor sea este coste (i.e., cuando haga falta una mayor tasa de rentabilidad para que merezca la pena invertir), menos probable será que se efectúe una inversión. De esta manera, habría un menor aumento de la productividad y, con ello, de la retribución de los empleados.

Mito 8: La deducción inmediata del gasto en inversiones es un “agujero fiscal”: El coste de las inversiones es admitido como gasto deducible en el IS a lo largo del tiempo. Con el sistema de deducción inmediata (“expensing”), la deducción, por el mismo importe total, se efectúa íntegramente en el año de la adquisición. Esta medida representa un estímulo para la inversión, con potenciales repercusiones favorables para el crecimiento económico.

Mito 9: Las rebajas fiscales se financian a sí mismas: A veces se arguye que disminuir impuestos estimulará el crecimiento económico y expandirá la base imponible, con lo que, finalmente, se obtendrá mayor recaudación con un menor tipo de gravamen. Aunque esto es teóricamente posible, en la práctica, las disminuciones impositivas no se financian a sí mismas completamente. Dependerá de diversos factores (magnitud de la disminución, nivel de la tributación, y respuesta de los contribuyentes a los cambios fiscales).

Mito 10: Otros países son los que pagan los aranceles: Aunque los aranceles pretenden aumentar el consumo de los bienes producidos en el interior de un país, al aumentar el precio de los bienes producidos en el extranjero, tienen un impacto económico negativo sobre las partes implicadas. Los aranceles pueden proteger las industrias nacionales de la competencia extranjera a corto plazo, pero lo hacen a expensas de otros agentes de la economía, incluyendo a los consumidores nacionales y otras industrias, que a menudo utilizan los bienes sujetos a los aranceles.

(Artículo publicado en EdufiAcademics/Edufinet)



[1] Al respecto puede verse J. M. Domínguez Martínez, “El papel de la fiscalidad en los programas de educación financiera”, e-pública, nº 10, 2012.

[2] Vid. J. M. Domínguez Martínez, “Educación Financiera y Planificación Fiscal: un enfoque metodológico introductorio”, Serie Documentos de Trabajo, 02-2018, Instituto Universitario de Análisis Económico y Social, Universidad de Alcalá de Henares, febrero 2018.

 [3] Tax Foundation, “10 Common Tax Myths, Debunked”, TaxEDU, files.taxfoundation.org.


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