1 de octubre de 2020

Hipotecas de oferta exprés

El día 5 de octubre, lunes, se celebra en España el Día de la Educación Financiera, instituido en el año 2015 para remarcar la importancia de los conocimientos económicos y financieros como base para la toma de decisiones en las distintas etapas de la vida. Una de las grandes decisiones que adoptan las unidades familiares es la relativa a la vivienda habitual. La elección entre las opciones del alquiler y de la propiedad tiene una enorme importancia en los planos económico y financiero. Dada su trascendencia y sus posibles implicaciones futuras, es lógico y deseable que las decisiones se tomen sosegadamente después de un período de recopilación de información, análisis y evaluación de las distintas alternativas. En particular, la concertación, en su caso, de una operación de préstamo hipotecario debería ser el último paso de una sistemática fase de maduración.

Quien comparta ese punto de vista probablemente se quede bastante sorprendido al comprobar que algunas entidades bancarias lanzan ofertas hipotecarias al mercado, no ya dentro de un intervalo de meses o días, sino circunscritas a una estricta franja horaria, de ocho de la mañana a cinco y media de la tarde, de un día concreto.

Tal es el procedimiento aplicado por el banco TSB en Inglaterra[1]. Varios son los rasgos que caracterizan esta peculiar oferta exprés: i) importe máximo de 350.000 libras; ii) relación entre el importe del préstamo y el valor de tasación de la vivienda (ratio LTV, “loan-to-value”) de hasta el 90%; iii) exclusión de apartamentos; iv) plazo máximo de 30 años; v) tipo de interés del 3,24% anual, con una comisión de 995 libras, o del 3,49% anual sin comisión.

La razón para este tipo de oferta tan restringida temporalmente estriba en acotar el montante de operaciones con ratios LTV tan elevadas y, consiguientemente, con mayor riesgo para el prestamista. Se supone que el banco ha establecido un límite para ese tipo de operaciones y considera que de esa manera puede contener la demanda efectiva.

Aun cuando últimamente prevalecen algunas visiones acerca de la capacidad cuasi-ilimitada de los intermediarios bancarios para conceder créditos y crear dinero, la preservación de la solvencia exige actuar dentro de unas estrictas limitaciones. Es razonable, pues, que haya topes sobre los riesgos asumibles, si bien, en vez de utilizar márgenes temporales tan estrechos, puede recurrirse a otros métodos de racionamiento, como el de simplemente atenerse a un cupo cuantitativo.

En cualquier caso, puede ser aceptable que la oferta esté temporalmente acotada, como necesario que la demanda sea sumamente ágil en su ejecución, pero lo que es imprescindible es que esté precedida de un adecuado proceso de fundamentación. Antes de lanzarse a una carrera de velocidad hay que estar preparados para correr un maratón.



[1] Vid. J. Pickford, “TSB launches first-time buyer mortgage – for one day only”, Financial Times, 11 de septiembre de 2020.

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