23 de junio de 2018

Elecciones democráticas y reglas de votación

Cuando, en unas elecciones generales, autonómicas o municipales en España, depositamos nuestro voto en la urna, hemos de ser conscientes de que, además de expresar nuestra preferencia por un partido político concreto (o persona, en el caso de las elecciones al Senado), estamos cediéndole también, de manera irrevocable, la potestad para la eventual formación de alianzas con otras fuerzas políticas, con total abstracción de nuestras inclinaciones personales secundarias. Eso, naturalmente, siempre que el partido votado haya obtenido representación; cuando no es así, la opinión de quienes han emitido su voto con tal resultado agregado queda completamente ignorada.

En un artículo publicado hace varios años (“Pluripartidismo y sistema electoral”, diario Sur, 21-9-2015) reflexionaba acerca de las posibles alternativas para solucionar ambas deficiencias. Una de ellas es la del conocido como sistema de “voto ordinal” (“ranking-choice voting”); también, sistema alternativo o preferencial. Cuando se emplea éste, cada votante puede ordenar a todos los candidatos según sus preferencias, aunque siempre tiene la posibilidad de decantarse por uno solo. Si un candidato obtiene más de un 50% de los votos computando las primeras preferencias, gana la elección. Si no es así, el candidato con menor número de votos de primera opción es eliminado, y se procede a asignar las segundas opciones indicadas en las papeletas donde aquél figuraba en primer lugar. El proceso continúa hasta que un candidato obtenga la mayoría.

Los partidarios de este sistema esgrimen algunas ventajas (The Economist, “Multiple choice”, 10-6-2018), como la promoción de un mayor nivel de participación electoral y el incentivo a rebajar el tono negativo de las campañas en la medida en que los candidatos tratarían no sólo de captar a sus bases sino también de poder atraer segundas y terceras opciones. Quienes se oponen al mismo argumentan que es un sistema complejo, pero realmente parece una alternativa bastante interesante y más eficiente que la de recurrir a un régimen de segunda vuelta. Como ha expuesto Manuel Conthe (“Sistema electoral: ¿voto ordinal o doble vuelta?”, Expansión, 19-6-2018), el sistema de “ballotage” permite obviar los problemas del método mayoritario a una vuelta, pero está sujeto a una serie de inconvenientes, como la denominada “paradoja de Lionel Jospin”.

El sistema de votación con opciones jerarquizadas no es nuevo, ya que se utiliza en Australia, Irlanda y Malta, y en ciudades como Mineápolis, San Francisco, Portland y Santa Fe. Asimismo su uso es habitual en distintos certámenes artísticos.

Muy recientemente, en el Estado de Maine (Estados Unidos) se aplicaba por primera vez la “votación ordinal” -aprobada por referéndum en 2016- en las elecciones primarias de los partidos al puesto de gobernador del Estado. La utilización del sistema ha vivido una intensa controversia entre los dos grandes partidos estadounidenses. No es difícil averiguar por qué.

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