La estabilidad económica tiene
atribuido, en la Unión Europea (UE), un papel fundamental para la consecución
del desarrollo sostenible. Así se recoge en el artículo 3 del Tratado de la UE,
mientras que, en el artículo 119 del Tratado de Funcionamiento de la UE, se
propugna que unas finanzas públicas y unas condiciones monetarias sólidas han
de ser los ejes para alcanzar los objetivos que definen la estabilidad
económica: crecimiento sostenible y no inflacionista, y alto nivel de empleo.
De esta manera, los principios de estabilidad presupuestaria y de
sostenibilidad financiera forman parte de los cimientos económicos del proyecto
común europeo. La UE asumió que los límites del 3% del PIB, para el déficit
público, y del 60% del PIB, para la deuda pública, son unas referencias
adecuadas para procurar unas finanzas públicas sólidas.
El Pacto de Estabilidad y
Crecimiento (PEC) se encargó de regular la disciplina fiscal en la Unión
Económica y Monetaria. Según el PEC, los Estados miembros debían mantener una
situación presupuestaria cercana al equilibrio o de superávit, siempre dentro
del referido límite. Se trataba de una interpretación estricta de la ortodoxia
presupuestaria, toda vez que la directriz era financiar todo el gasto público
no financiero (incluida la inversión) sin recurrir al endeudamiento. Pese a
ello, numerosos países rebasaron el límite del 3%. Posteriormente, entraron en
juego tres nuevas reglas basadas en el déficit estructural, la senda del gasto
público, y la disminución sostenida de los excesos de la deuda.
A lo largo de los años se ha
ido configurando un sistema considerablemente complejo, falto de credibilidad,
y de escaso cumplimiento efectivo. En marzo de 2020, ante el desencadenamiento
de la pandemia de la Covid-19, las normas se declararon en suspenso, situación
que se prolongó durante los años 2021, 2022 y 2023. Con vistas a su
reactivación, en diciembre de 2023 se llegó a un acuerdo para la revisión de la
gobernanza económica.
Con una manifiesta intención
de introducir una mayor flexibilidad, el nuevo marco se decanta por la
reducción de las ratios de deuda pública y los déficits públicos de “una manera
gradual, realista, sostenida y favorable al crecimiento”. Aspiración ésta que
se quiere hacer compatible con la realización de reformas e inversiones en una
serie de ámbitos estratégicos, y la disposición de algún margen para las
políticas anticíclicas. La novedad más significativa es la aplicación de un
enfoque diferenciado para cada país, a fin de tener en cuenta la heterogeneidad
de las situaciones fiscales. Cada Estado miembro deberá elaborar un plan fiscal
a medio plazo (4 o 5 años, ampliables hasta 7). Respecto a aquellos países que
superen alguno de los límites de la deuda o del déficit, la Comisión Europea
transmitirá una “trayectoria técnica diferenciada”, expresada en términos de
gasto público. Cobra un gran protagonismo este indicador, pero se mantienen,
con modificaciones, los procedimientos de déficit excesivo según las cifras de
déficit y deuda. Dicha trayectoria técnica debe cumplir dos salvaguardias: la
sostenibilidad de la deuda y la resiliencia del déficit, encaminada a
proporcionar un margen de seguridad por debajo del valor de referencia del 3%.
Los escollos de la complejidad
y la falta de efectividad de los que adolecía el esquema anterior no parece que
queden claramente superados en el nuevo, que se presta a márgenes
interpretativos. Los retos, en cualquier caso, están asegurados, ya que se
parte de una situación en la que, de los veinte países integrantes de la
Eurozona, sólo cinco cumplen estrictamente los valores de referencia del
déficit y de la deuda, y seis países tienen una ratio de deuda superior al 100%
del PIB. No puede pasar desapercibido el auxilio prestado, hasta ahora, por el
Banco Central Europeo con la adquisición -no directa- de ingentes cantidades de
deuda. Y, por supuesto, será primordial comprobar si la emisión de eurobonos
para financiar el programa de recuperación Next Generation EU ha supuesto un
verdadero “momento hamiltoniano”.
(Artículo publicado en el “Anuario Joly Andalucía 2024”)