Después de una trayectoria marcada por
grandes dificultades técnicas y considerables controversias, que las relegaron
al olvido, las balanzas fiscales vuelven ahora con fuerza. A continuación, se
reseñan algunas cuestiones básicas relacionadas con este artilugio estadístico:
i.¿Qué es una balanza fiscal?: Consiste en
un cálculo estadístico que pretende cuantificar, para una jurisdicción
territorial determinada, el saldo resultante de los beneficios recibidos del
sector público y los pagos efectuados a éste.
ii.¿A qué ámbito se refieren habitualmente?:
En España, las balanzas fiscales se han estimado para las regiones, con objeto
de computar la diferencia entre los gastos públicos imputables y los impuestos
satisfechos.
iii.¿Tiene sentido su cálculo?: Desde un punto
de vista estadístico, puede quererse conocer el efecto redistributivo del
sector público en una región, pero no debe perderse de vista que son las
personas, y no los territorios, quienes pagan los impuestos, y también son las
personas las receptoras de las principales categorías de gasto público, como
las prestaciones sociales, la sanidad o la educación.
iv.¿Es equiparable al cálculo del saldo
presupuestario con la Unión Europea?: No lo es, ya que las contribuciones al
presupuesto comunitario, actualmente, no corresponden a los ciudadanos, sino a
cada Estado miembro.
v.¿Es fácil el cálculo de las balanzas
fiscales?: En absoluto. De entrada, carece de lógica hacer un cómputo para un
año concreto, cuando el juego de algunas contribuciones al sector público y de las
prestaciones sociales asociadas (cotizaciones sociales y pensiones) se extiende
a lo largo de un período muy prolongado, lo que también ocurre en el caso de
las infraestructuras. Nos encontramos, por otra parte, con el problema de
imputar geográficamente los beneficios de programas de gasto público de
carácter colectivo (defensa, investigación, justicia…). A su vez, el hecho de
que una buena parte de los impuestos acabe siendo soportada por personas
distintas de los sujetos pasivos o de los destinatarios (incidencia económica)
introduce un patente grado de dificultad, como también lo hace la existencia de
déficit público.
vi.¿Se dispone de información pública para
llevar a cabo las estimaciones?: El Gobierno de la Nación, a través del
Instituto de Estudios Fiscales, ha presentado “la primera fase de datos para
calcular las cuentas territorializadas de las Comunidades Autónomas de régimen
común”. Pese a la información ya aportada, queda bastante para poder aspirar a
realizar una estimación relativamente completa y rigurosa.
vii.¿Qué concluían las anteriores balanzas
fiscales?: Los estudios sobre balanzas fiscales mostraban importantes
discrepancias cuantitativas, aun cuando, en general, coincidían respecto al
signo. Así, como sería esperable, las Comunidades con mayor nivel de renta por
habitante tendían a presentar un saldo negativo (beneficios computados menores
que los impuestos estimados), en tanto que ocurría lo contrario respecto a las
Comunidades de menor renta.
viii.¿Cuál es la principal motivación para el
cálculo de las balanzas fiscales regionales?: En el contexto actual, el retorno
de las balanzas fiscales es alentado por quienes las conciben como un
instrumento de respaldo de sus reivindicaciones políticas, económicas y
presupuestarias. Hace años, en 2004, Ángel de la Fuente, prestigioso
investigador español, manifestaba su preocupación por “la manipulación
interesada de los saldos fiscales y su utilización demagógica para contribuir
al fortalecimiento de una ‘conciencia nacional’ cimentada sobre el rechazo a un
‘Estado español’ que se presenta como explotador”. Después de todo lo
acontecido, cabe preguntarse si son ahora realmente necesarias. Y, si se aplica la misma lógica, ¿deberían
elaborarse también para espacios territoriales o ámbitos poblacionales cada vez
más reducidos?
El conocimiento detallado de los flujos
económicos desde diferentes perspectivas puede tener cierto interés. Hoy día,
existe información incluso de la distribución del IRPF por municipios y por
barrios. Pero una cosa es disponer de una radiografía estadística, y otra bien
distinta hacer una utilización sesgada de los datos. El acceso a una
información desagregada, siempre que sea fiable, puede ser una referencia
válida con vistas a la aplicación de los programas públicos, pero no puede
olvidarse que es la perspectiva de la distribución personal la que ha de
prevalecer en un Estado de derecho integrado por ciudadanos libres e iguales.
(Artículo publicado en el diario “Sur”)