Cerca de donde vivo, hay un
pequeño parque. Justamente enfrente están ultimando las instalaciones de una residencia
de mayores. Es una especie de refugio, donde unos frondosos árboles protegen al
visitante del implacable sol del mediodía. Ignoro si su acondicionamiento forma
parte de alguna posible carga urbanística exigida a los promotores del nuevo
centro, o si es una zona concebida para el esparcimiento de los numerosos canes
que residen en la zona, como, de forma palpable, evidencian sus ubicuas huellas.
Pero, hasta ahora, a ciertas horas, ofrecen sus bancos un remanso de paz donde
reflexionar tranquilamente.
No hace mucho, allí tuve la
oportunidad de conocer a Baldo, profesor de instituto que, por sólo algunos
años, me ha tomado la delantera en el acceso a la etapa de la jubilación.
Aunque no estoy muy seguro de que un profesor vocacional pueda llegar a jubilarse de verdad. Basta hablar diez
minutos con él para tener la convicción de que Baldo ha sido un docente
vocacional en grado acusado, y de que, fuera de las aulas, mantiene su inquietud
intelectual, ávido de compartirla.
Así lo pude comprobar en nuestro segundo
encuentro, cuando me trasladó un planteamiento suscitado por Juan Díez Nicolás.
Me llamó la atención reencontrarme, de esta manera, con quien fuera catedrático
de Sociología en la Facultad de Económicas de Málaga. Aún conservo el ejemplar
del conocido texto “Sociología: entre el funcionalismo y la dialéctica”, que
compré en el año 1975, aunque no tuve ocasión de recibir sus clases. Juan del
Pino Artacho fue el encargado de impartir las clases -verdaderamente magistrales-
de Sociología en la incomparable aula magna de la añorada antigua Facultad.
El argumento del profesor Díez Nicolás que
me traslada Baldo es, en síntesis, el siguiente: dado que, en el sistema
parlamentario español, los diputados no disponen, de facto, de autonomía
individual para el ejercicio de su voto, que ha de encauzarse dentro de la
disciplina de los respectivos partidos políticos, plantea la posibilidad de
que, en aras de una mayor simplificación y operatividad, pudiera aplicarse un
sistema de votación similar al existente en las juntas de accionistas de las
sociedades mercantiles. Es decir, si hay, por ejemplo, once partidos con representación
parlamentaria, bastaría con que compareciera sólo un representante por cada uno
de esos partidos y se aplicara el voto ponderado correspondiente al peso en
escaños de cada uno de ellos.
Le comenté a Baldo que, en mi opinión, la cuestión
es lo suficientemente compleja como para analizarla detenidamente. La propuesta,
aunque no creo, prima facie, que pudiera encajar en los mecanismos
constitucionales, tiene un interés en el contexto de los sistemas de votación. A
este respecto, me vino a la cabeza una controversia suscitada en relación con
la composición de las mesas de negociación laboral en el ámbito empresarial.
Aunque suele concederse mucha importancia al número de miembros de cada organización
sindical con derecho a forma parte de aquéllas, lo cierto es que es, para
validar la eficacia de un acuerdo, lo relevante no es el número de miembros presentes,
sino el porcentaje de representación atribuido a cada organización.