Hay una
tendencia bastante extendida a arrancar el estudio de la Economía del sector
público con una presentación, sustentada en formulaciones matemáticas, de la
teoría de los fallos del mercado. Ésta es el eje sobre el que se apoya la
justificación de la intervención del sector público en la economía. Sin
pretender cuestionar en absoluto la necesidad de abordar los resultados del
mercado en ausencia de todo tipo de intervención, desde un punto de vista
metodológico conviene partir de analizar la naturaleza de las instituciones que
actúan en el ámbito económico y, de manera particular, incidir en la fundamentación del
papel del propio Estado. Su estudio debe formar parte, de manera natural, como
tarea prioritaria, de cualquier aproximación a la Economía del sector público y,
como componente esencial de ésta, a la teoría de la Hacienda Pública.
Y tal vez no
deberíamos detenernos ahí, sino que incluso sería conveniente una incursión
previa en la noción de Autoridad. Como
hace años escribió el filósofo de origen ruso Alexandre Kojève (1902-1968),
“Resulta curioso que el problema y la noción de Autoridad hayan sido tan poco
estudiados… es obvio que resulta imposible abordar el poder político y la
propia estructura del Estado sin saber qué es en sí la Autoridad. Por lo tanto,
aunque solo sea a modo de solución provisoria, es indispensable un estudio de
la noción de Autoridad, el cual debe preceder a cualquier estudio del problema
del Estado”[1].
En mis
primeros intentos de elaboración de trabajos académicos, hace ya 40 años, era
una obsesión partir de un conocimiento lo más amplio posible del armazón
estatal del que emanaban los programas de ingresos y gastos públicos. Recuerdo
que me resultó de gran interés una obra escrita, no por un economista, sino por
un prestigioso jurista, Manuel García-Pelayo[2]. También
era parada obligada la de la perspectiva neomarxista de O’Connor[3]. Era
aquél, desde luego, un campo de estudio apasionante, aunque con el riesgo de
vernos atrapados en sus intrincados y sugerentes vericuetos, sin lograr salir
al mundo exterior. Y cómo no recordar la obra de Whynes y Bowles que tanto me
cautivó[4], y que,
años más tarde, incluiría como referencia bibliográfica básica en el programa
de Hacienda Pública propuesto en mi proyecto docente de 1999, concretamente en
el tema 2 (“El análisis económico de la actividad colectiva”).
Pese a que
han transcurrido ya décadas desde su formulación, la contribución de Kojève
sigue presentando un elevado interés para el estudio de la intervención pública
en la economía, en particular en conexión con la imposición. Sostiene el
filósofo, alabado nada menos que por Raymond Aron, que “la Autoridad es la posibilidad
que tiene un agente de actuar sobre los demás (o sobre otro), sin que
esos otros reaccionen contra él pese a ser capaces de hacerlo”
(op. cit., pág. 61). Esta noción de autoridad excluye el empleo de la fuerza:
“No es ya que ejercer una autoridad no sea lo mismo que emplear la fuerza (la
violencia), sino que además ambos fenómenos se excluyen mutuamente. De manera
general, no hay que hacer nada para ejercer la Autoridad” (op. cit., págs.
63-64).
La relación
entre Estado recaudador y contribuyente (término bastante inapropiado a tenor de su originaria y más genérica acepción) viene a desafiar la aplicación de la noción de autoridad
en este terreno, especialmente si tenemos en cuenta que los sujetos pasivos
afectados sí reaccionan, a través de la elusión, de la evasión o de un cambio
de comportamiento económico.