8 de enero de 2021

La perspectiva de Milton Friedman sobre la RSC, 50 años después

En algunas entradas anteriores de este blog se ha abordado la denominada responsabilidad social corporativa (RSC) (BTV, 19-2-2018 y 21-11-2020). Se trata de una materia en la que, a lo largo de los últimos años, vienen produciéndose grandes movimientos y notables oscilaciones.

Aunque con algunas excepciones no desdeñables, la posición defendida por Milton Friedman en su artículo de referencia del año 1970 se ve ahora cada vez más arrinconada. La esencia de su argumentación queda expresada en el título de dicho artículo: “The Social Responsibility of Business is to Increase Its Profits” (New York Times, septiembre 1970).

Esgrimida durante bastante tiempo de forma categórica, son cada vez más los apóstatas de la causa friedmaniana. Uno de los más destacados conversos es el influyente editor económico jefe del diario Financial Times, Martin Wolf. También éste recurre al estilo directo para sintetizar su opinión en el frontispicio de su reciente artículo: “Milton Friedman was wrong on the corporation” (Financial Times, 7-12-2020). Él mismo reconoce su error al suscribir anteriormente la consabida tesis del Premio Nobel de Economía estadounidense.


Señala Wolf que merece la pena leer el artículo de Friedman en su integridad, si bien sus aspectos clave se encuentran en su conclusión: “Hay una y solo una responsabilidad de la empresa – usar sus recursos y emprender actividades diseñadas para aumentar sus beneficios siempre que permanezca dentro de las reglas del juego, es decir, cuando afronta una competencia abierta y libre sin engaño ni fraude”.


Wolf recurre a una supuesta cita de H. L. Menken (“para todo problema complejo hay una respuesta que es clara, simple, y errónea”) para sustentar su rechazo a la tesis de Friedman, que considera un significativo ejemplo ilustrativo al respecto. Asimismo, trae a colación una pregunta formulada por Luigi Zingales: “¿Bajo qué condiciones es socialmente eficiente para los gestores centrarse sólo en maximizar el valor del accionista?”. Las tres condiciones apuntadas (entorno competitivo, inexistencia de externalidades, y completitud de los contratos) no se dan -prosigue en su argumentación- en la realidad.


Cierto, es posible que así sea en la inmensa mayoría de los casos observados, pero no sé si, al exponer tales reparos, se ha calibrado totalmente el impacto que la misma línea argumental tendría en el edificio de la teoría económica. Además, tal vez inadvertidamente, viene a reforzarse la proposición de Friedman, quien, al enunciarla, se cuida de señalar una serie de condiciones no despreciables.


Wolf continúa su discurso exponiendo una relación de prácticas rechazables por parte de algunas compañías, pone el foco en un desorbitado poder corporativo “como factor detrás del auge del populismo, especialmente populismo de derechas”, y aboga por crear buenas reglas del juego empresariales.


En este contexto, la declaración de la US Business Roundtable de agosto de 2019 (BTV, 21-11-2020), plasmada en un compromiso esencial con todos los grupos de interés, ha alcanzado una gran notoriedad. Sin embargo, no faltan las críticas. Así, Raghuram G. Rajan pone el dedo en la llaga: “… esta forma de enmarcar el problema carece de utilidad. Los objetivos declarados de una compañía deben guiar sus elecciones. Si todos los grupos de interés son esenciales, entonces ninguno lo es”, y, lo que es más llamativo, “La reciente evidencia sugiere que las compañías que suscribieron la declaración del ‘capitalismo de los grupos de interés’ han incurrido en una mayor probabilidad de despedir a trabajadores en respuesta a la pandemia, y en una menor probabilidad de efectuar donaciones para los esfuerzos de asistencia” (“What should corporations do?”, Project Syndicate, 6-10-2020).


Adicionalmente, según el exgobernador del Banco Central de India, la lógica básica del argumento de Friedman sobre la RSC ha sido mal interpretada: “Puesto que los accionistas consiguen lo que queda después de pagar los intereses a los tenedores de deuda y los salarios a los trabajadores, los gestores pueden maximizar el ‘derecho residual’ de los accionistas sólo si expanden el tamaño de la tarta corporativa con relación a estas obligaciones fijadas sobre la misma. En la medida en que los gestores deben satisfacer a cada parte antes de contemplar los intereses de los accionistas, ello ya maximiza el valor para todos los que contribuyen a la empresa”. 


En fin, parece que es poco discutible sostener que la satisfacción de las preferencias de todos los grupos de interés es un problema complejo. Afirmar que una condición necesaria, aunque no suficiente, para ello es que la empresa obtenga beneficios podría catalogarse como una respuesta clara y simple. ¿También como errónea?

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