23 de marzo de 2019

El reparto de la tierra: las reglas de la Biblia

En la obra “La ética de la redistribución” (reseñada en este blog; entrada de 27-2-2019), Bertrand de Jouvenel lleva a cabo un análisis de la redistribución de la renta. En su opinión, “Lo que realmente se ha estado exigiendo durante miles de años en nombre de la justicia social ha sido la redistribución de la tierra… Hay una clara distinción entre la redistribución de la tierra y la redistribución de la renta. El agrarianismo no aboga por la igualación del producto sino por la de los recursos naturales a partir de los cuales distintas unidades se autoabastecerán del producto. Ésta es la justicia según la cual la desigualdad de beneficios entre unidades igualmente dotadas será reflejo de un esfuerzo desigual”.

Esta intepretación de la justicia tiene una gran importancia en la actualidad, a la hora de discernir cuál debe ser el alcance de la igualdad: ante la ley, de oportunidades, de medios, de esfuerzos, de resultados…

El modelo de reparto de la tierra recogido en la Biblia presenta algunos aspectos de gran interés. Para Jouvenel, se trata de un esquema adecuado: “En primer lugar, la tierra debe ser adjudicada por lotes y cualquier desigualdad emergente debía ser reparada en el jubileo, cuando a todo aquel que hubiese vendido su tierra se le devolvía la propiedad de la misma. Este retorno a la posición original cada cuarenta y nueve años evitaba la formación de latifundios y restablecía la equidad de la participación en la propiedad entre familias”.

En el libro de los “Números” encontramos la instrucciones que, por lo que se refiere a la distribución de la tierra, el Señor dio a Moisés: “Di a los hijos de Israel: ‘Cuando paséis el Jordán para entrar en la tierra de Canaán, expulsaréis a vuestra llegada a todos los habitantes del país… Apoderaos de la tierra y habitad en ella, pues voy a daros todo el país en propiedad. La repartís a suerte entre vuestros clanes… Donde le caiga a cada uno la suerte, allí será su propiedad’”.

A su vez, en el “Levítico” queda constancia de otras reglas dictadas por el Señor: “… Declararéis santo el año cincuenta y promulgaréis por el país liberación para todos sus habitantes. Será para vosotros un jubileo: cada uno recobrará su propiedad y retornará a su familia”. Más adelante deja claro que “La tierra no puede venderse a perpetuidad, porque la tierra es mía, y vosotros sois emigrantes y huéspedes en mi tierra. En todo terreno de vuestra propiedad concederéis derecho de rescate de la tierra”. Todo el que venda una propiedad adquirirá recursos para rescatarla, “Pero si no obtiene lo suficiente para recobrarla, la propiedad vendida quedará en poder del comprador hasta el año jubilar, y en el año jubilar quedará libre y volverá a ser propiedad del vendedor”.

Se trata, sin duda, de un curioso esquema de tenencia de la tierra, regido por ciclos jubilares, aunque uno, después de encontrarse con personajes tan longevos en los textos de las Sagradas Escrituras, donde algunos personajes emulan los 979 años de vida de Matusalén, legítimamente pueda albergar algunas dudas acerca de la duración precisa de tales ciclos.

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