19 de agosto de 2020

El “impuesto ‘Hotel California’” llega a los Países Bajos


La inquietante canción de The Eagles causó auténtico furor, y casi sigue marcando una época con su inconfundible y cautivadora melodía: “On a dark desert highway… I had to stop for the night… This could be heaven or this could be hell… Welcome to the Hotel California… Relax, said the night man, we are programmed to receive, you can check out any time you like, but you can never leave!”.

Sin embargo, la mítica canción vuelve a estar de actualidad en el hit parade tributario. Muchos son los países que se muestran muy hospitalarios para acoger a multinacionales con el propósito de que fijen su residencia en sus territorios. Los servicios y los extras suelen ser abundantes para hacer lo más grata posible la estancia a los huéspedes. Distinto es el tratamiento cuando las corporaciones, normalmente a la búsqueda de opciones más ventajosas, deciden emigrar a otra jurisdicción fiscal. De pronto, se dan cuenta de que el hotel estaba rodeado por un profundo foso, y de que el encargado del puente levadizo no se encuentra de servicio. Una vez resueltos, con alguna que otra dificultad, estos molestos trámites toman conciencia de que, antes de cruzar la frontera, tienen que hacer frente a una ignorada factura fiscal que puede ser bastante onerosa. Tal vez, haciendo los cálculos pertinentes, puede merecer la pena aplazar la salida.

Los “impuestos a la salida”, los “exit taxes”, han proliferado en los últimos años. En los Países Bajos hay un proyecto en curso para su implantación, al que sus detractores han calificado con el nombre de la canción de The Eagles. La propuesta, presentada por un parlamentario del grupo de los “Verdes”, va orientada a penalizar a compañías con ingresos superiores a los 750 millones de euros anuales que salgan de los Países Bajos para instalarse en jurisdicciones de baja tributación.

Se supone que la multinacional Unilever, que suministra productos de nutrición, higiene y cuidado personal, sería sujeto pasivo del nuevo impuesto, a raíz de su intención de trasladar su sede desde Rotterdam al Reino Unido. La razón objetiva esgrimida es que este país no aplica retenciones sobre los dividendos. De aprobarse el tributo, y de confirmarse la salida, la compañía tendría que hacer frente a una cuota de 11.000 millones de euros. No es de extrañar que hayan manifestado que, en tal caso, renunciarían a su plan de establecer una entidad corporativa única en el Reino Unido (M. Khan y J. Evans, “Dutch plan to tax departing multinationals gains momentum”, Financial Times, 17 de agosto de 2020).

En cierto modo, desde hace algunos años, el sistema tributario español se hizo también seguidor ex post del grupo californiano, en los ámbitos de la imposición personal, societaria e individual. Así, el artículo 19.1 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades establece que “se integrará en la base imponible la diferencia entre el valor de mercado y el valor fiscal de los elementos patrimoniales que sean propiedad de una entidad residente en territorio español que traslade su residencia fuera de éste…”.

En fin, parafraseando la referida canción, la experiencia impositiva en el panorama internacional puede llevar a que una empresa que creía encontrarse, si no en el “heaven”, al menos, en un “haven”, acabe atrapada, si no en el “hell”, sí en un “hellhole”, o simplemente en un “hole”. Quizás entonces alguien se acuerde del cuento de Hänsel y Gretel que tanto temor le indujo en su infancia.

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