Como
dicta el principio berlusconiano de la imposición en su versión débil (BTV,
7-7-2018), plantear nuevos impuestos está al alcance de cualquiera. Históricamente,
las autoridades fiscales han tendido a seleccionar aquellos hechos imponibles –los
denominados “tax handles” en los estudios hacendísticos- más fáciles de
identificar y de someter a gravamen. Hace miles de años, los egipcios fueron
verdaderos maestros en estos menesteres. En nuestros días, la extensión de las
plataformas digitales ofrece, por distintos motivos, una irresistible
oportunidad para el establecimiento de nuevas cargas impositivas. Nuevos
impuestos para nuevos tiempos.
El
impuesto digital, quizás más conocido por el nombre de alguna de las grandes
corporaciones tecnológicas (BTV, 20-5-2018), hizo acto de aparición hace
algunos años, aunque encontrando en su camino algunos escollos más difíciles de
los esperados.
La
forma y la estructura de los impuestos se han ido adaptando a lo largo de la
historia, pero hay algo que no ha variado en su esencia: todos los agentes económicos
a los que se aplica un impuesto tratan de adaptarse a la situación y, en la
medida en que puedan, procuran resarcirse de la carga soportada. La teoría de
la incidencia económica de los impuestos ha formalizado su análisis y extraído
importantes conclusiones. Ignorarlas puede llevar a encontrarse con algunas
sorpresas (BTV, 25-8-2018).
Si
una empresa ha de afrontar, a partir de un momento, una nueva obligación
tributaria vinculada a su actividad productiva, es lógico que la incluya al
calcular los costes y la tenga presente para formar su precio en el mercado. Su
mayor o menor capacidad de maniobra dependerá de múltiples circunstancias y,
por encima de todo, del poder que pueda ejercer en sus relaciones comerciales.
Hay
numerosos estudios teóricos y empíricos que se ocupan de estos procesos. Ahora
nos encontramos con que las actuaciones anunciadas por Google nos ofrecen un
caso práctico de gran utilidad, no sólo para los estudiantes de Economía. Según
las comunicaciones emitidas por la compañía, Google tiene previsto trasladar a
los anunciantes el coste de los impuestos sobre los servicios digitales en
Europa. Más concretamente, ha anunciado que, a partir del próximo mes de
noviembre, cargará una comisión adicional por los anuncios concertados en Reino
Unido, Turquía y Austria, que va dirigida explícitamente a la cobertura de los
costes impositivos[1].
¿Significa
esto que Google quedará en la práctica completamente exonerado de la carga de
los impuestos digitales? La referida teoría de la imposición tiene la
respuesta.
[1] Vid. A. Barker, “Google
to pass cost of digital services taxes on to advertisers”, Financial Times,
2-9-2020.